CERPER

Fecha de la disposición15 de Mayo de 2014

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SOCIEDAD ANONIMA

Complementa publicación de fecha 18/10/2012 ID 29605 Nº 105149/12. Articulo 3º del Estatuto Social: “ARTICULO TERCERO: La sociedad es a los fines del art. 31, 1er. párrafo de la ley 19.550, exclusivamente de inversión y a tales fines podrá realizar por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, o a través de terceros, en cualquier forma de subcontratación o concesión, ya sea en cualquier parte del país o del exterior, de las siguientes actividades: Compra, venta, permuta, constitución de derechos reales, fideicomiso, prendas, gravámenes, hipotecas, locación, arrendamiento, otorgando o recibiendo la posesión y dominio, y/o de cualquier forma enajenar, disponer, transferir, o adquirir el dominio, condominio, nuda propiedad, usufructo, ya sea por adjudicación a los socios o venta a terceros, de toda clase de bienes inmuebles, derechos, permisos, acciones, y bienes de cualquier otra naturaleza, incluyendo la subdivisión bajo el régimen de propiedad horizontal (Ley 13512); y para el cumplimiento de este objeto, suscribir contratos inmobiliarios, con fines de explotación, fraccionamiento, enajenación, o adquisición, ya sea sobre inmuebles, muebles, valores, títulos, papeles de créditos, creados o a crearse, que autoricen las leyes. Y administrar esos bienes, inmuebles y derechos, mediante contratos nominados o innominados relacionados con este objeto. Podrá asimismo integrar sociedades con objeto inmobiliario o de renta o de explotación, construcción o financiamiento de inmuebles, constituyendo las mismas o adquiriendo sus acciones. Para alcanzar estos fines la sociedad podrá realizar ofertas de compraventa, aceptarlas, suscribir boletos de compraventa, señas, recibos, dar o tomar dinero prestado...

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