Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - Sala B, 1 de Noviembre de 2013, expediente FCB 024270013/2006

Fecha de Resolución 1 de Noviembre de 2013
EmisorSala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B AUTOS “ZAPATA, C.M. y otros c/ Caja de Retiro, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina - Contencioso Administrativo - Varios”.-

En la ciudad de Córdoba, a 1 días del mes de Noviembre del año dos mil trece, reunida en Acuerdo la Sala “B” de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de la Cuarta Circunscripción Judicial para dictar sentencia en estos autos caratulados:

ZAPATA, C.M. y otros c/ Caja de Retiro, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina - Contencioso Administrativo - Varios

, (Expte. N°

24270013/2006), venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el letrado apoderado del Estado Nacional en contra de la Resolución N° 182 de fecha 12 de abril de 2.013 dictada por el señor Juez Federal N° 2 de Córdoba.

Puestos los autos a resolución de la Sala, los señores Jueces emiten sus votos en el siguiente orden: A.G.S. TORRES- L.R.R.-J.M.P.V..

El señor Juez de Cámara, doctor A.G.S.T., dijo:

  1. - Llegan los presentes autos a conocimiento y decisión de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el letrado apoderado del Estado Nacional en contra de la Resolución N° 182 de fecha 12 de abril de 2.013 dictada por el señor Juez Federal N° 2 de Córdoba, en la que dispuso rechazar la excepción de prescripción planteada por la accionada, e hizo lugar a la demanda entablada, con costas a la demandada.

El recurrente expresa agravios a fs. 96/98. En primer término considera equivocado el criterio del Juzgador de rechazar la excepción de prescripción oportunamente interpuesta por su parte. Aduce que existe desconocimiento por parte del juzgador de la normativa aplicable como así también de la doctrina y jurisprudencia al respecto.

Asimismo, se queja de la imposición de costas a su parte, las que entiende deberían haberse fijado en el orden causado. Hace reserva del Caso Federal.

Corrido el traslado de ley, la parte actora lo contesta en su escrito de fs.

101/vta., solicitando por los argumentos que allí expone y a los cuales me remito en honor a la brevedad la confirmación del pronunciamiento recurrido, con costas.

  1. De los agravios reseñados surge que las cuestiones a resolver se circunscriben a los siguientes puntos: a) Procedencia o no de la excepción de prescripción deducida por la demanda y que fuera rechazada por el Juez de grado y b) Régimen de costas.

    Ingresando al tratamiento de la primera...

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