Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 1 de Noviembre de 2016, expediente FSA 021000480/2007/CA001

Fecha de Resolución 1 de Noviembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I “CATALDO, M.A. c/ BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA s/ DIFERENCIAS SALARIALES”

-EXPTE. N° FSA 21000480/2007 -

-JUZGADO FEDERAL DE SALTA N° 2-

ta, 28 de octubre de 2016.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

  1. Que vienen las presentes actuaciones en virtud de los siguientes planteos: (a) recurso de apelación deducido por la demandada en fecha 20/09/2007 a fs. 361 contra la regulación de honorarios de fs. 355 (5/09/2007); y (b) caducidad de instancia formulada por el Dr. F.E.S. a fs. 432/vta. el 26/05/2016 respecto del citado recurso de fs.

    361; ambos concedidos por el Juez de la instancia anterior a fs. 443/445 y vta.

  2. Que de las constancias de autos surge lo siguiente:

    1. A fs. 355 se regularon los honorarios de los Dres. Fernando E.

      Sylvester y D.T. por la labor desarrollada en el proceso como apoderados de la actora, en las sumas de $ 4.337,28 y $ 1.084,32, respectivamente (5/09/2007).

    2. A fs. 361 el letrado del Banco de la Nación Argentina interpuso recurso de apelación contra la regulación de honorarios por considerarla alta, el que fue concedido el 23 de septiembre de 2007, Fecha de firma: 01/11/2016 Firmado por: E.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.D.S., SECRETARIA DE CAMARA Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA #15907699#165586419#20161101082832717 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I ordenándose correr traslado de la expresión de agravios a la contraria por el término de cinco (5) días (fs. 365).

    3. En fecha 25/09/2007 la demandada desistió del recurso de apelación respecto de los honorarios regulados al Dr. D.T. (fs. 367); y a fs. 377 el Dr. S. requirió se dé curso al traslado ordenado a los fines de continuar el trámite y elevar la causa a la Cámara Federal de Apelaciones (2/12/2007).

    4. A fs. 379 se encuentra agregado el oficio del Juzgado Civil y Comercial de Octava Nominación del Poder Judicial de la Provincia de Salta, mediante el cual se solicitó la remisión de la causa como medida de prueba para el juicio “C.M.Á. c/ S.F.E. s/ Daños y Prjuicios” que tramitaba en dicho juzgado, habiendo sido devuelto al Juzgado Federal N° 2 en fecha 29/10/2013, conforme surge de fs. 384.

    5. A fs. 385 el Dr. S. requirió actualización de los honorarios regulados a fs. 355 (31/10/2013), frente a lo que el Dr. T. solicito que previamente se sustancie y resuelva el recurso de apelación de fs. 361 concedido a fs. 365 (fs. 387 – 12/03/2014).

    6. En fecha...

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