Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 3, 5 de Febrero de 2016, expediente CSS 005711/2013/CA001

Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2016
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 3

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 3 SENTENCIA INTERLOCUTORIA EXPEDIENTE NRO: 5711/2013 AUTOS: “C.C.M. c/ ESTADO NACIONAL-M°DE DEFENSA-E.M.G.E.

s/INCIDENTE”

Buenos Aires, EL DOCTOR M.L. DIJO:

Vistas las presentes actuaciones y analizada la labor cumplida por la perito psicóloga Lucía Bozzalla, considero que los honorarios regulados a ella a fs. 312, por su actuación en autos se corresponden con la índole y profundidad de los exámenes realizados, en razón de lo cual, en mi opinión, el monto de los citados honorarios ha de ser confirmada. V2 LOS DRES. J.C.P. LAFUENTE Y N.A.F. DIJERON:

Que adhieren a las conclusiones del voto del Dr. L..

Por lo que resulta del acuerdo que antecede, el Tribunal

RESUELVE:

Confirmar la regulación de honorarios practicada a fs. 312 en favor de la Perito Psicóloga Lucia Bozzalla.

C...

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