Sentencia de Sala I, 13 de Agosto de 2013, expediente 48.717

Fecha de Resolución13 de Agosto de 2013
EmisorSala I

Poder Judicial de la Nación Sala I - Causa nro. 48.717

C., G. s/

excarcelación

J.. Fed. nro. 10 - Sec. nro. 19

E.. nro. 6.945/2013/1

Reg. 903

Buenos Aires, 13 de agosto de 2013.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I.

Las presentes actuaciones llegan a conocimiento y decisión de este tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la Dra. Perla I.

Martínez, defensora oficial del fuero, contra la resolución obrante a fojas 3/4,

mediante la cual el juez de primera instancia no hizo lugar a la excarcelación de G.C. bajo ningún tipo de caución.

II.

En principio, cabe tener en cuenta que para adoptar la decisión impugnada el a quo sostuvo que existen comprobadas circunstancias objetivas y subjetivas de la causa que permitirían inferir que la nombrada intentará eludir el accionar de la justicia.

Por un lado, entendió que no existe certeza acerca de la identidad de la encartada, puesto que en otras maniobras ilícitas se habría identificado como G.V.M., C.F.H. y P.N.L..

En cuanto a su domicilio, indicó que las circunstancias de vivir en una casa tomada desde hace poco tiempo no permiten afirmar arraigo de ningún tipo, no sólo por el corto plazo de residencia, sino también por el carácter circunstancial y eventual que reviste dicha clase de alojamiento.

Por otra parte, consideró que al desempeñarse como vendedora ambulante no reviste una situación laboral estable, tanto en relación a la continuidad temporal en la que se puede desarrollar dicha actividad como respecto al lugar en el que se pueda ejecutar; todo lo cual tampoco permite acreditar un arraigo laboral.

Asimismo, agregó que su grupo familiar y personal de contención se encuentra radicado en un país extranjero.

Finalmente, el instructor valoró que la nombrada cuenta con una declaración de rebeldía y pedido de captura en una causa en trámite ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal nro. 1 de S.M..

Ante este panorama, la defensa se agravió por considerar que no puede utilizarse como argumento legitimador de la medida cautelar la variedad de identidades que poseería la encartada, puesto que tanto al momento de su detención, como al prestar declaración indagatoria brindó su verdadera identidad.

En cuanto a su arraigo, indicó que el carácter circunstancial del domicilio aportado, no impide que en un futuro su asistida comunique cualquier modificación de residencia. A su vez, respecto a la relación laboral, la defensa se agravió por considerar que las cuestiones tenidas en cuenta por el a...

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