Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, 26 de Junio de 2013, expediente 93.008.832/2013

Fecha de Resolución26 de Junio de 2013

Poder Judicial de la Nación Nº 124 /13-Civil/Def. Rosario, 26 de junio de 2013.-

Visto, en Acuerdo de la Sala “B” el expediente Nº FRO

93008832/2013 caratulado “BRIANI, C.M. c/ Estado Nacional-Ministerio de Seguridad-Policía Federal s/ Suplementos Fuerzas Armadas y de Seguridad”

(Nº 607/11 del Juzgado Federal Nº 2 de la ciudad de Santa Fe), del que resulta que:

Vienen los autos a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada (fs. 58) contra la sentencia Nº

55/12, que tuvo por allanada a la actora a la defensa de prescripción en la forma solicitada por la accionada; hizo lugar a la demanda interpuesta por C.M.B. y, en consecuencia, dispuso ordenar al Estado Nacional, Ministerio de Seguridad, que incorpore a sus haberes mensuales con carácter remunerativo y bonificable, los suplementos particulares establecidos por el decreto 2744/93 y USO OFICIAL

los aumentos instituidos mediante los decretos 1255/05, 1126/06, 884/08, 752/09

y 1262/09 y abonarle las diferencias existentes entre las sumas efectivamente pagadas y las que le hubiesen correspondido, dado el carácter reconocido, en la forma dispuesta en los considerandos cuarto y quinto con más los intereses allí

dispuestos; con costas a la demandada vencida (art. 68 del C.P.C.C.N.) (fs.

52/54).

Concedido el recurso (fs. 59), se elevaron los presentes a la Alzada,

donde se dispuso la intervención de esta Sala “B” para entender en los presentes (fs. 63/64). Expresados los agravios (fs. 73/75) y contestados por la contraria (fs.

79 vta.), quedaron los autos en condiciones de resolver (fs. 80/81).

El Dr. Toledo dijo:

  1. ) Se agravió la demandada de que se haya considerado el rubro que se abona bajo el código 282 (Decreto 2744/93) como “bonificable y remunerativo”.

    Expresó que para así resolver, se efectuó una errónea interpretación jurisprudencial de los fallos “Torres” y “Costa”, donde la Corte sostuvo en el primero respecto al decreto 2744 que “ la generalidad que asumió

    el pago al personal en actividad de los suplementos indicados muestra en grado indisimulable que su otorgamiento ha tenido connotaciones salariales. Sin embargo, agregó en la causa “Costa” sostuvo, al referirse a tal fallo, que “en dicho precedente sólo se estableció la naturaleza general de los suplementos creados por el Decreto 2744/93 y la utilización del término “salarial”, lo fue como, en todo caso, sinónimo del concepto de “generalidad” con que tales adicionales habían sido...

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