Sentencia de Sala I, 29 de Agosto de 2013, expediente 48.691

Fecha de Resolución29 de Agosto de 2013
EmisorSala I

Poder Judicial de la Nación Sala I - Causa n° 48.691 “B.,

J.A. s/ competencia”

J.. n° 9 - Sec. n° 17

E.. 11.569/2012/1

Reg. n°: 991

Buenos Aires, 29 de agosto de 2013.-

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I.

Motiva la intervención del Tribunal la contienda negativa de competencia trabada entre el Sr. Juez a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 9 y el titular del Juzgado Federal n° 2 de Tucumán, para continuar interviniendo en las presentes actuaciones.

El magistrado federal de esta ciudad de Buenos Aires sustentó

su decisión en que “...resulta objeto de investigación el destino que fuera asignado a los fondos integrantes del patrimonio de la ‘Caja Popular de Ahorros de Tucumán’ con motivo del dictado de la resolución de fecha 26 de septiembre del corriente año en el marco del expediente 57.871 de la Superintendencia de Seguros de la Nación... (lo que) determina sin que sea necesario realizar esfuerzo alguno, que es la justicia federal de Tucumán quien deberá llevar adelante la presente investigación...” (fs 1/3).

A su turno, el juez federal de Tucumán consideró que “... el hecho a investigar se habría, presuntamente, perpetrado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; pues, es allí el lugar donde tiene el asiento de sus funciones el Licenciado J.A.B., en su carácter de Superintendente de Seguros de la Nación, y a quien se le endilga la figura... de abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público...” (fs 4/8).

  1. contestar la vista que le fuera conferida, el representante del Ministerio Público Fiscal ante esta A. consideró que debía declararse competente al titular del Juzgado Federal n° 9 de esta ciudad de Buenos Aires (fs 17).

II.

Conforme se desprende de la denuncia que motivó la formación de este sumario, el suceso cuya investigación se propició consiste en que “...el licenciado B. habría emitido una decisión que es abiertamente contraria a leyes nacionales y su normativa reglamentaria...”, hecho que encuadraría -prima facie- en la figura de abuso de autoridad (art. 248 del Código Penal de la Nación).

Asiste razón al titular del juzgado federal de Tucumán y al...

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