Bienes Personales, un impuesto que dejó de ser sólo para los ricos

Por la inflación y la falta de actualización de los valores de ingresos y de patrimonio que determinan obligaciones frente al fisco, que deben hacer su declaración ante la AFIP por el impuesto a los Bienes Personales y, eventualmente, pagar esa carga. En unos días más comienza el calendario de vencimientos de las presentaciones correspondientes al año 2013.¿A quiénes alcanza Bienes Personales, un impuesto creado por una "emergencia" en 1991, varias veces prorrogado y muy cuestionado en su aplicación práctica? En principio, a todos quienes tienen activos que, según las pautas específicas de valuación, llegaron a los $ 305.000 o superaron tal cifra al 31 de diciembre pasado. Sin embargo, una presentación informativa los empleados en relación de dependencia que en 2013 tuvieron una remuneración bruta de al menos $ 96.000 (un promedio mensual de $ 7400). Y si la cifra superó los $ 144.000, también se exige una declaración de Ganancias.Si un contribuyente está obligado a declarar pero del saldo no surge que tenga que pagar, entonces el plazo para hacer la presentación vencerá el 30 de junio. Si se debe contribuir, los plazos van -de acuerdo a la terminación del CUIL o CUIT- del 10 al 16 de abril para hacer declaraciones y del 11 al 17 de abril para pagar, excepto si se tienen acciones de sociedades que no cotizan en Bolsa y que cierran balances en diciembre (en ese caso, los vencimientos son en mayo).¿Qué bienes están gravados? Inmuebles, autos, saldos de cuentas corrientes bancarias, acciones y participaciones societarias (en estos casos, el ingreso del impuesto al fisco lo hacen las sociedades), y otros activos financieros. Están exentos los depósitos a plazo fijo y en caja de ahorro (en bancos del país), los títulos públicos, las cuotas de cooperativas, los bienes inmateriales (como patentes y derechos) y los inmuebles rurales. Sobre estos últimos, hay controversia: "Los inmuebles rurales pagan el impuesto a la Ganancia Mínima Presunta y en Bienes Personales la ley los considera exentos; pero la AFIP hace una interpretación, para mí equivocada, y dice que si hay explotación se paga el impuesto", dice el contador Santiago Sáenz Valiente.¿Cómo se determinan los valores de los bienes? Para un inmueble, debe tomarse el valor de adquisición, a la fecha de ingreso al patrimonio, y restarle un 2% por año en concepto de amortización. Ese valor debe compararse...

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