Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 2, 6 de Diciembre de 2013, expediente 115565/2010

Fecha de Resolución 6 de Diciembre de 2013
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 2

Poder Judicial de la Nación Expte. N°:115565/2010

SENTENCIA DEFINITIVA N 152432 JFSS N° 8 SALA II

En la ciudad autónoma de Buenos Aires, 6 de diciembre de 2013 reunida la Sala Segunda de la Excelentísima Cámara Federal de la Seguridad Social para dictar sentencia en estos autos: “BIBBO

MARTA C/ANSES S/AMPAROS Y SUMARISIMOS”, se procede a votar en el siguiente orden:

EL DOCTOR L.R.H. DIJO:

La accionante inicia acción de amparo tendiente a obtener la declaración de inconstitucionalidad del decreto 1451/06 y la resolución 884/06 dictada por Anses, a fin que se le otorgue el beneficio (PBU, PC, PAP) en los términos de los art 8 y 9 de la ley 24476 modificada por el decreto 1454/05 y/o del art 6 de la ley 25994.

La sentencia de grado rechazó la demanda por considerar que la normativa examinada no resulta lesiva de garantías constitucionales en tanto no impide obtener el beneficio peticionado sino que lo sujeta al cumplimiento de una determinada condición. La Magistrada actuante consideró, por otro lado, que tratándose de un régimen de carácter excepcional, no resultaban de aplicación los amplios criterios que interpretativos que rigen la materia y no se encontraba conculcado el art.14 bis de la Constitución Nacional.

La recurrente se agravia del resolutorio. Sostiene la decisión de la a quo viola sus derechos constitucionales haciendo cumplir una norma de rango inferior y negándole la posibilidad de percibir la prestación previsional dado que no cuenta con el dinero suficiente para pagar la totalidad de la moratoria.

En primer lugar cabe precisar que, si bien la ley 25994 ha perdido vigencia dado que el decreto 1451/06 dispuso su prorroga hasta el 30 de abril del 2007, el objeto de la demanda incluye también la obtención del beneficio (PBU, PC, PAP) en los términos de los art 8 y 9 de la ley 24476 modificada por el decreto 1454/05, la cual continúa vigente a la fecha.

Sentado lo anterior corresponde ingresar al análisis de la cuestión de fondo.

El artículo 8 de la ley 24476 modificado por el decreto 1.454/2005 (art.3) establece que: “Los trabajadores autónomos a los fines de cumplir con los requisitos exigidos para acceder a los beneficios instituidos por los incisos a) b), e) y f) del artículo 17 de la Ley Nº 24.241, tendrán derecho a inscribirse en el régimen de regularización voluntaria de la deuda instrumentado en este Capítulo y podrán solicitar y acceder a dichos beneficios a los que tengan derecho. De igual modo,

tendrán derecho a...

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