Sentencia de CAMARA FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA, 8 de Junio de 2015, expediente FCR 061007045/2011/CA001

Fecha de Resolución 8 de Junio de 2015
EmisorCAMARA FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia Expte. Nº 61007045 Comodoro Rivadavia, Provincia del Chubut, a los días del mes de de dos mil quince, reunidos en Acuerdo los señores Jueces de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones con asiento en esta ciudad, para conocer del recurso de apelación interpuesto en los autos caratulados “BERNASCONI, M.A. Y OTROS c/ E.N.A - Mº

DE DEFENSA - ARMADA ARGENTINA s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD”, en trámite ante esta Alzada bajo el Nº

61007045/2011, provenientes del Juzgado Federal de Río Grande.

Respecto de la sentencia corriente a fs. 181bis/185vta., el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Es justa la sentencia apelada?

La Dra. H.L.C. de H. dijo:

  1. Vienen estos autos a conocimiento y decisión del Tribunal con motivo del recurso de apelación deducido por la demandada a fs. 210 –fundamentado a fs.

    214/215vta.- contra la sentencia definitiva de fs.

    181/185vta.

    La decisión recurrida en su parte dispositiva resuelve: 1) hacer lugar a la demanda incoada por los Sres. B.M.A., cañete A.A., F.C.O., A.E.I., C.J.A., V.F.O., O.W.J., B.E.E. y las Sras. B.N.F., J.C.G., condenando al Estado Nacional Argentino y a la Armada Argentina, a abonar a los accionantes las sumas resultantes en torno a las compensaciones creadas por los decretos 1104/05, 1095/06, 871/07, 1053/08 y 751/09 con carácter salarial y bonificable, desde mayo de 2005 hasta la entrada en vigor del decreto 1305/12; 2) imponer las costas a la demandada vencida y diferir la regulación de los honorarios de los profesionales intervinientes, hasta tanto haya en autos determinación de las sumas adeudadas.

  2. Concedido a fs. 211 el recurso interpuesto, expresa agravios la demandada a fs. 214/215vta.

    y corrido el traslado pertinente –no recibe réplica de la contraria-, previa vista al F. General, quien a fs.

    218/219 propicia la confirmación de la sentencia en crisis por los argumentos que expone, quedan estas actuaciones en condiciones de resolver a fs. 221.

  3. Los accionantes – activos de las Fuerzas Armadas– inician la presente demanda con el objeto que se incorporen los aumentos salariales otorgados mediante los decretos 1104/05, 1095/06, 871/07, 1053/08 y 751/09 al haber mensual, fundamentando su pedido en el carácter general que revisten; reclaman asimismo la reliquidación de los códigos que se calculan sobre el haber mensual y el propio SAC, con más los intereses hasta su efectivo pago, con imposición de costas a la demandada. Solicitan además se ejerza un control jurisdiccional de constitucionalidad de los decretos citados.

  4. Para decidir del modo enunciado en el considerando I) el Magistrado Federal Subrogante inicia el análisis del decreto 2769/93 en tanto creó determinados suplementos particulares para el personal de las Fuerzas Armadas...

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