Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 19 de Abril de 2011, expediente 11. 976/10

Fecha de Resolución19 de Abril de 2011

sadas, a los 19 días del mes de Abril de 2011.

Y VISTOS: Autos caratulados “Expte. Nº 11. 976/10-

B., D.D. s/ Recurso de Apelación en Expte. Nº 1-

6253/09-Benvenutto, D.D. -S., G.D. s/

Transporte de Estupefacientes”, y,

CONSIDERANDO: 1) Que llegan las presentes actuaciones al conocimiento y decisión de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 39/40 por la defensa del imputado D.B., contra el pronunciamiento del juez a quo obrante a fs.

35/37 y vlta. en el que ordenó el procesamiento y prisión preventiva del incuso por considerarlo prima facie autor responsable del delito de Transporte de Estupefacientes (art. 5°, inc. “c”, Ley 23.737 y art. 45 C.P.).

2) Que, conforme surge del libelo de interposición del recurso de apelación, los agravios esgrimidos pueden agruparse así: a)

insuficiencia en orden a la descripción de la materialidad del ilícito; b)

carencia de fundamentación en violación a lo normado en el art. 124 del C.P.P.N.; c) ausencia de elementos tipificantes del delito enrostrado; d)

orfandad de elementos probatorios en orden a la autoría; e) no se explicita la base del cálculo para fijar el monto de embargo por lo que el mismo se torna arbitrario.

Por todo ello solicita se sobresea a su defendido,

subsidiariamente se readecue a tenencia simple en los términos del art. 14

de la Ley 23.737 y como segundo planteo subsidiario en caso que se mantenga la calificación, la misma lo sea en grado de tentativa.

Que, habiéndose cumplimentado a fs. 66/68 y vlta. con el término de audiencia establecido por el art. 454 del C.P.P.N., el presente recurso se encuentra en condiciones de ser abordado.

3) Adentrándonos al estudio de la plataforma fáctica que sustenta los presentes actuados, surge sin contradicciones, que éste se inició en fecha 11 de noviembre del año 2009 con el procedimiento prevencional realizado por personal del Escuadrón 50 Posadas de Gendarmería Nacional en el depósito de la Empresa de transporte “Expreso Singer” de la ciudad de Posadas, logrando detectar la existencia de una encomienda que, sometida a la acción de rayos “X” (Scanner) de la Unidad Móvil de Inspección (U.M.I.), arrojó imágenes de sustancia orgánica de forma rectangular similares a los ladrillos de marihuana.

Así, conforme constancia glosada a fs. 55 y vlta. se procede a la apertura de una caja tipo encomienda de cartón color marrón con cinta de embalar color ocre, figurando como destinatario D.B., DNI N° 29.723.585, Celular N°...

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