Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL, 7 de Julio de 2016, expediente FLP 003232/2016/CA001

Fecha de Resolución 7 de Julio de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II FLP 3232/2016/CA1 La Plata 7 de julio de 2016.-

Y VISTO: Este expediente registrado bajo el N° FLP 3232/2016/CA1 (Reg. Int. N° 8385), caratulado:

O., J.M. s/ habeas corpus

, proveniente del Juzgado Federal N° 2, Secretaría Penal C, de Lomas de Z., CONSIDERANDO:

I.L. estas actuaciones a la Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs.

25/27 vta. por la Defensora Pública Oficial, Dra.

J.E.C., en representación del detenido J.

M. O., contra la resolución de fs. 21/23, mediante la cual el juez de grado se declaró incompetente para entender en el presente habeas corpus y dispuso la remisión de las actuaciones al Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a cuya disposición se encuentra el amparista.

El recurso fue concedido a fs. 33.

  1. El habeas corpus sub examine tiene su origen en la presentación efectuada el día 8 de marzo del corriente por la mencionada Defensora Oficial a fs. 1 y vta., a raíz del llamado telefónico que efectuó el interno J.M.O., alojada en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza, a la Defensoría Pública Oficial N° 1 por ante los Juzgados Federales de Lomas de Z..

    El motivo de dicha llamada telefónica fue que, a decir del interno de marras, el Jefe de Trabajo del Complejo Penitenciario donde se encuentra alojado no le asignaba trabajo alguno aduciendo que O. cobraba una pensión por discapacidad; y, pese a que el nombrado O. renunció al cobro de dicha pensión, seguían sin asignarle trabajos.

    A juicio de la defensora, esta situación acarrearía un agravamiento en las condiciones de detención de su pupilo, al afectarse ilegalmente su derecho a obtener trabajo.

  2. Recibida la denuncia, el juez de grado fijó audiencia por video conferencia para el día Fecha de firma: 07/07/2016 Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA Firmado por: O.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.S. , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.S.L.P., SECRETARIO FEDERAL #28093679#154767887#20160711082531849 siguiente y dispuso, asimismo, que las autoridades del Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza informen acerca de la situación de O. en lo referido a su situación laboral (fs. 2).

    El respectivo informe de las autoridades penitenciarias obra a fs. 3, y en él se lee: “posee [J.M.O.] beneficio provisional (jubilación y pensión), debiendo ejercer opción (formulario VII declaración...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR