Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA, 13 de Enero de 2015, expediente FRE 011682/2014

Fecha de Resolución13 de Enero de 2015
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia (Chaco) -Secretaría Penal N°2-

SISTENCIA, a los trece días del mes de enero del año dos mil quince.-

VISTO El expediente registro de Cámara FRE 11.682/2014 caratulado:

Beneficiario: C., F.B. s/ Hábeas Corpus

, que en grado de consulta proviene del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de la ciudad de Formosa; y CONSIDERANDO

  1. Que el presente hábeas corpus arriba a esta Alzada en consulta, de conformidad con lo dispuesto por el art. 10 de la Ley 23.098.

  2. Que surge de las presentes actuaciones que a fs. 1/6 la Señora Defensora Pública Oficial interpone hábeas corpus a favor del interno de la Unidad Penitenciaria Federal Nº 10 de Formosa, F.B.C., quien se halla condenado y a disposición del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de esa ciudad.

    Motiva dicha interposición en el agravamiento en las condiciones de detención del nombrado, al encontrarse alojado en una celda de dicha Unidad Penal, en condiciones inhumanas y con deplorable estado de higiene.

    En tal sentido, el Juez Federal Subrogante – mediante auto interlocutorio Nº 457/14 de fecha 30 de diciembre de 2014 – tras señalar que B.C. se halla a disposición del Tribunal de Juicio que lo hubo condenado, considera que es a dicho organismo al que corresponde entender en el hábeas corpus intentado al ser juez propio de la causa, declarando en consecuencia su incompetencia para resolver, remitiendo las actuaciones al mencionado cuerpo colegiado.

  3. Que, mediante Resolución de fecha 30 de diciembre de 2014, los miembros del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Posadas – en su carácter de Jueces Subrogantes en la causa donde C. fuera condenado –

    resuelven no avocarse al conocimiento de la presentación de hábeas corpus, elevando en consulta los autos a esta Cámara Federal, en los términos del art.

    10 de la Ley 23.098.

    Así, luego de reseñar los antecedentes de la causa, los firmantes sostienen la competencia territorial del Juez Federal de Primera Instancia de Fecha de firma: 13/01/2015 Firmado por: ANA VICTORIA ORDER, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.L.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: R.A., SECRETARIA Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia (Chaco) -Secretaría Penal N°2-

    Formosa, en virtud de lo dispuesto por el art. 8, inc. 2 de la ley de mención, señalando asimismo la omisión incurrida por el Magistrado a quo subrogante, al no haber elevado oportunamente en consulta la decisión de...

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