Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 10 de Febrero de 2015, expediente COM 067222/2009

Fecha de Resolución10 de Febrero de 2015
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación BECCAGLIA A.M. LE PIDE LA QUIEBRA SCALTRITTI M.B. Y OTROS Expediente N° 67222/2009/CA1 Juzgado N° 22 Secretaría N° 43 Buenos Aires, 10 de febrero de 2015.

Y VISTOS:

I.Viene apelada por los peticionantes de quiebra la resolución de fs.

135. El memorial obra a fs. 138/9 y no fue contestado.

  1. Del expediente nro. 060737, radicado en el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial nro. 8 del Departamento Judicial de Lomas de Z., Pcia. de Buenos Aires (expediente que se tiene a la vista), surge que la persona de cuya quiebra aquél trata es A.M.B., no A.B.B..

    Cierto es que, por un evidente error, diversas actuaciones llevadas a cabo en aquellas actuaciones se refieren a A.B.B., por ej., el decreto de quiebra de fs. 25/7.

    Hay escritos que, en el encabezamiento, lucen el nombre de A.B. (por ej., fs. 311 y fs. 318).

    Además, las actuaciones están caratuladas “Beccaglia, A.B. s/quiebra (pequeña)”, cuando debiera decir “Beccaglia, A.M.”.

    No hay dudas de que la fallida es A.M..

    Lo confirma el hecho de que el pagaré que dio motivo a la falencia está

    suscripto por A.M.B. (con nro. de DNI 21.465.322, v. fs. 4 de la quiebra en vista).

    Asimismo, el pedido de quiebra fue formulado respecto de “A.M.B.” (sic; v. fs. 7, idem).

    A fs. 313 de dichos autos se presentó A.M.B. a pedir el levantamiento de la interdicción de salida del país y respecto de esa persona fue que el juez dispuso el levantamiento (v. también oficios de fs. 328/9).

    La rehabilitación fue pedida por A.M.B. (fs. 315 de la quiebra). El síndico contestó aludiendo a A.M. (v. fs. 319). No obstante, el juez, al disponer la rehabilitación se refirió erróneamente en la Fecha de firma: 10/02/2015 Firmado por: VILLANUEVA - MACHIN - GARIBOTTO (JUECES) - BRUNO (SECRETARIO)

    Firmado(ante mi) por: R.F.B., SECRETARIO DE CÁMARA BECCAGLIA A.M. LE PIDE LA QUIEBRA SCALTRITTI M.B. Y OTROS Expediente N° 67222/2009 Poder Judicial de la Nación parte resolutiva del auto de fs. 324 a A.B.B. (aunque en la misma resolución, al referirse al pedido, aludió a A.M.B..

    Por otra parte, el nro. de documento de identidad mencionado en este pedido de quiebra es el nro. 21.465.322 (v. fs. 5), número que, por información que en este acto la Secretaría de la Sala brinda a los suscriptos, con sustento en la página web del Registro...

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