Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia, 30 de Mayo de 2013, expediente P-174/13

Fecha de Resolución30 de Mayo de 2013

Poder Judicial de la Nación Expte. nº P-174/13.-

BARRAZA, J.M. s/habeas corpus

.

JF. R..-

modoro R., 30 de mayo de 2013.

VISTO:

Este expte. nº P–174/13, caratulado “BARRAZA,

J.M. s/hábeas corpus”, en trámite ante el Juzgado Federal de 1ª Instancia de Rawson,

Y CONSIDERANDO:

I.– A fs. 44/47 el a quo rechazó in limine la denuncia de hábeas corpus promovida en su favor a fs. 4/vta. por el interno del Instituto de Seguridad y Resocialización del Servicio Penitenciario Federal (U.6) J.M.B. y elevó

las actuaciones a esta cámara de apelaciones, en virtud de la consulta que prevé el art. 10, párrafo 2º, parte, de la ley 23.098.

II.– Refiere por escrito J.M.B. su USO OFICIAL

intención de denunciar al Consejo Correccional por mal desempeño de sus funciones en calidad de funcionario público, en razón de no haber sido incorporado al Período de Prueba, no obstante llevar más de 5 años de alojamiento en la Unidad 6 y más de 3 sin sanción alguna, habiéndosele entregado en marzo/12 el P.T.

  1. con objetivos para período de prueba y trasladado a Ezeiza en abril/12.

    En mayo/12, estando en el Complejo Uno, le dieron nuevamente el P.T.

  2. –Programa de Tratamiento para Período de Prueba– y en diciembre/12 calificó Conducta 10 y Concepto 7,

    siéndole requerido terminar la escuela primaria, cosa que hizo.

    También realizó cursos de periodismo, electricidad y computación.

    Agrega que en febrero/13 regresó a la Unidad 6,

    trabajando actualmente en la bloquería todos los días y repitiéndosele 4 veces el 10 – 6 y la faz de confianza, no obstante lo cual, sigue en una cárcel de máxima seguridad y sin respuesta a su traslado.

    Se queja también de haber sido visto por un oftalmólogo del Hospital de Trelew que le prescribió el traslado a Bs. As. para su atención en la Clínica de Santa Lucía por la complejidad de su problema. Pese a ello, y no obstante pedirle audiencia regularmente para plantearle el asunto, el Director de la Unidad 6 no lo atiende.

    También quiere pasar la totalidad de su fondo de reserva a disponible para ayudar a su familia, en especial a su hijo de 12 años que la necesita.

    III.– Lo acreditado en el expte. según lo que da cuenta el informe actuarial de fs. 43/vta., es lo siguiente:

    1. que el 8/5/13 el Juzgado de Ejecución Penal nº

      1 de Lomas Zamora, Pcia. de Bs. As., libró oficio a la Dirección Gral. de Régimen Correccional del Servicio Penitenciario Federal para el tratamiento del traslado del interno hacia alguno de los Complejos Penitenciarios de la...

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