Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil , 24 de Febrero de 1994 (caso Barraco, Ricardo y Otros C/Barraco, Jorge Rolando y Otro S/Particion de Herencia - Competencia)
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Resumen
COMPETENCIA. SUCESION. FUERO DE ATRACCION. PARTICION DE LA HERENCIA.
La demanda mediante la cual los actores reclaman la partición de la herencia a sus coherederos, respecto del bien que integra el acervo sucesorio resulta incluída en lo dispuesto por el art. 3284 del Código Civil. Al respecto ni la declaratoria de herederos ni su inscripción en el Registro de la Propiedad, ponen fin al fuero de atracción del proceso sucesorio, ya que se mantiene el estado de indivisión hereditaria, lo que implica la subsistencia del mismo hasta la partición, como indica el art. 3284, inc. 1° del Código Civil (conf. CNCiv. Sala A, julio 25-978). La inscripción de la declaratoria de herederos no puede tener incidencia en la suerte de la comunidad hereditaria, ya que no implica adjudicación de los inmuebles en condominio, es decir, no constituye ni transmite derechos reales sobre inmuebles sino que reviste valor declarativo, así como de publicidad y de oponibilidad de la exteriorización de la indivisión hereditaria frente a terceros. En consecuencia, la acción encaminada a obtener la partición de la herencia, respecto del bien que integra el acervo resulta atraída por la sucesión.BARRACO, Ricardo y Otros c/BARRACO, Jorge Rolando y Otro s/PARTICION DE HERENCIA - COMPETENCIA 24/02/94C. 003114Civil - Sala SVer el contenido completo de este documento
Extracto
Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil , 24 de Febrero de 1994 (caso Barraco, Ricardo y Otros C/Barraco, Jorge Rolando y Otro S/Particion de Herencia - Competencia)
[ÚNICAMENTE DISPONIBLE RESÚMEN DE LA SENTENCIA...
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