Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Sala SALA, 22 de Agosto de 2014, expediente CIV 064515/2007

Fecha de Resolución22 de Agosto de 2014
EmisorSala SALA

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA B

64515/2007

B.M.E. c/R.D.V. Y

OTROS s/CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

Buenos Aires, de agosto de 2014.- VN

AUTOS Y VISTOS:

I.-Contra la resolución de esta Sala que declara la inconstitucionalidad de las comunicaciones “A” 5318, “A” 5330 u “A” 5339 del Banco Central de la República Argentina y de toda otra disposición administrativa que impida la adquisición por parte del actor de dólares estadounidenses (ver fs. 630/634), interpone Recurso Extraordinario Federal la letrada apoderada del Banco Central de la República Argentina a fs. 639/660, el que fuera contestado por el actor a fs.663/671.-

II.-En el caso no se presentan las circunstancias y requisitos que dan lugar a la aplicación de la doctrina de arbitrariedad de sentencias que habiliten la apertura del recurso interpuesto. Ello es así puesto que, más allá de su acierto o error, la decisión cuestionada contiene fundamentación suficiente y no presenta omisiones o excesos que habiliten esa tacha; y es sabido que la doctrina de la arbitrariedad no tiene por objeto corregir en tercera instancia fallos presuntamente equivocados, sino cubrir graves defectos del pronunciamiento, por apartamiento inequívoco de la norma vigente o carencia de fundamentación (C.S.J.N., 11/4/85, "C.P. c/ Secretaría de Comunicaciones", RED 19, p. 1139. 498; íd., 20/11/84, "Asociación Argentina de Empresarios del Transporte Automotor", RED 19, p.

1138, 491).

Tampoco nos encontramos ante un supuesto de gravedad institucional y son ajenas al ámbito de...

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