BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

Fecha de disposición05 Junio 2014
Fecha de publicación05 Junio 2014
SecciónTercera Sección - Contrataciones
Número de Gaceta32899

BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

SUCURSAL BUENOS AIRES

Estados Contables correspondientes al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2013 presentados en forma comparativa

Informe de los auditores independientes

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES AL 31 DE DICIEMBRE DE 2013

[Presentadas en forma comparativa con el ejercicio económico finalizado

el 31 de diciembre de 2012]

[Cifras en miles de pesos]

  1. BASES DE PREPARACION DE LA INFORMACION

    1.1. Normas contables aplicadas

    Los presentes estados contables se han preparado de acuerdo con las normas contables de valuación y exposición establecidas por el Banco Central de la República Argentina (BCRA).

    Las normas contables profesionales argentinas requieren que los estados contables sean preparados utilizando para la contabilización de operaciones, la medición de los activos, los pasivos y los resultados, así como en los aspectos de exposición, las disposiciones de las Resoluciones Técnicas (RT) de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), aplicables a la Sucursal, vigentes y según sus textos ordenados al 31 de diciembre de 2013.

    La principal diferencia entre las normas contables del BCRA y las normas contables profesionales argentinas está explicada en la nota 3.

    1.2. Información comparativa

    De acuerdo con las normas del BCRA vigentes, los estados contables al 31 de diciembre de 2013 se presentan en forma comparativa con los del ejercicio anterior. Los anexos D, I y K no se presentan en forma comparativa debido a no ser requerido por el BCRA.

    1.3. Consideración de los efectos de la inflación

    De acuerdo con lo dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional, el BCRA y otros organismos de control, la Sucursal aplicó la reexpresión de estados contables a moneda homogénea para reconocer los efectos de la inflación hasta febrero de 2003, siguiendo el método establecido por la RT N° 6 de la FACPCE y modificatorias, mediante el empleo de coeficientes de ajuste derivados del índice de precios internos al por mayor (IPIM), publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos.

  2. CRITERIOS DE VALUACION

    Los principales criterios de valuación empleados en la preparación de los estados contables son los siguientes:

    1. Rubros monetarios

      Disponibilidades, Títulos públicos y privados, Préstamos, Otros créditos por intermediación financiera, Créditos diversos, Depósitos, Otras obligaciones por intermediación financiera, Obligaciones diversas, Previsiones y Partidas pendientes de imputación, en pesos, están expresados, con carácter general, a sus valores nominales, contemplando, en caso de corresponder, los intereses devengados al cierre de cada ejercicio.

    2. Activos y pasivos en moneda extranjera

      Los activos y pasivos en moneda extranjera están expresados a los tipos de cambio aplicables vigentes al cierre de las operaciones del último día hábil de cada ejercicio. Las diferencias de cambio fueron imputadas a los resultados de cada ejercicio.

    3. Títulos públicos y privados

      Tenencias registradas a valor razonable de mercado

      Corresponden a Valores negociables vinculados al Producto Bruto Interno con vencimiento en el año 2035. Esta tenencia está valuada a su valor de cotización al cierre de cada ejercicio.

    4. Préstamos al sector privado no financiero - Previsiones por riesgo de incobrabilidad

      Las previsiones por riesgo de incobrabilidad han sido determinadas sobre la base del riesgo de incobrabilidad estimado de la asistencia crediticia otorgada por la Sucursal, el cual resulta de la evaluación de la capacidad de pago de sus obligaciones, del grado de cumplimiento de los deudores y de las garantías que respaldan las respectivas operaciones, de acuerdo con las disposiciones de la Comunicación “A” 2950 y complementarias del BCRA.

    5. Método utilizado para el devengamiento de intereses

      El devengamiento de los intereses de la cartera activa y pasiva ha sido calculado mensualmente apropiándose en forma lineal o exponencial según correspondiera, en proporción a los días en que el capital ha estado expuesto a la incidencia de dichos intereses.

    6. Bienes de uso y diversos

      • Valores de origen: los costos originales fueron expresados en moneda homogénea, según se explica en la nota 1.3, por aplicación de las normas vigentes.

      • Depreciaciones: la depreciación fue calculada sobre la base de la vida útil estimada expresada en años, a partir de los valores de origen expresados en moneda homogénea, por aplicación de las normas vigentes.

      El valor actualizado de los bienes no excede, en su conjunto, el valor recuperable.

    7. Bienes intangibles - Gastos de organización y desarrollo

      • Valores de origen: los costos originales fueron expresados en moneda homogénea, según se explica en la nota 1.3, por aplicación de las normas vigentes.

      • Amortizaciones: la amortización fue calculada sobre la base de una vida útil de 5 años, a partir de los valores de origen expresados en moneda homogénea, por aplicación de las normas vigentes.

      El valor actualizado de los bienes no excede, en su conjunto, su valor recuperable.

    8. Impuesto a las ganancias

      La Sucursal determina el impuesto a las ganancias aplicando la alícuota vigente del 35% sobre la utilidad impositiva estimada.

      El impuesto a la ganancia mínima presunta fue establecido en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 1998 por la Ley N° 25.063 por el término de diez ejercicios anuales y ha sido prorrogado por la Ley N° 26.426 y por la Ley N° 26.545 hasta el 30 de diciembre de 2019. Este impuesto es complementario del impuesto a las ganancias, dado que, mientras este último grava la utilidad impositiva del ejercicio, el impuesto a la ganancia mínima presunta constituye una imposición mínima que grava la renta potencial de ciertos activos productivos a la tasa del 1%, de modo que la obligación fiscal de la Sucursal coincidirá con el mayor de ambos impuestos. La mencionada ley prevé para el caso de entidades regidas por la Ley de Entidades Financieras que las mismas deberán considerar como base imponible del gravamen el 20% de sus activos gravados, previa deducción de aquellos definidos como no computables.

      Sin embargo, si el impuesto a la ganancia mínima presunta excede en un ejercicio fiscal al impuesto a las ganancias, dicho exceso podrá computarse como pago a cuenta de cualquier excedente del impuesto a las ganancias sobre el impuesto a la ganancia mínima presunta que pudiera producirse en cualquiera de los diez ejercicios siguientes.

      Al 31 de diciembre de 2013, la Sucursal determinó un cargo por impuesto a las ganancias que fue compensado con quebrantos impositivos acumulados, en tanto que, al 31 de diciembre de 2012, la Sucursal había determinado la existencia de quebranto impositivo en el impuesto a las ganancias, razón por la cual a ambas fechas no registra cargo por dicho concepto en los estados de resultados. Asimismo, al 31 de diciembre de 2013 y 2012, los importes determinados en concepto de impuesto a la ganancia mínima presunta de 220 y 166, respectivamente, fueron imputados a los resultados de cada ejercicio en el rubro “Gastos de Administración - Impuestos” debido a que la Sucursal estimó que el crédito respectivo no era recuperable.

    9. Cuentas de Patrimonio Neto

      Las cuentas integrantes de este rubro se encuentran expresadas en moneda homogénea, por aplicación de las normas vigentes, hasta el 1° de marzo de 2003, excepto el rubro “Capital Asignado”, el cual se ha mantenido por su valor nominal. El ajuste derivado de su reexpresión se incluye dentro de “Ajustes al Patrimonio”.

    10. Cuentas de Resultados de cada ejercicio

      Las cuentas de resultados de cada ejercicio se expresaron en moneda nominal, excepto los cargos por activos consumidos (depreciaciones de bienes de uso y diversos, bajas de bienes diversos y amortizaciones de bienes intangibles), que han sido determinados de acuerdo con los valores en moneda homogénea de tales activos, por aplicación de las normas vigentes.

    11. Estimaciones contables

      La preparación de estados contables en conformidad con las normas contables del BCRA requiere que la Gerencia de la Sucursal efectúe estimaciones que afectan la determinación de los importes de activos y pasivos y la revelación de contingencias a la fecha de presentación de los estados contables, como así también los ingresos y egresos registrados en cada ejercicio. Los resultados futuros pueden diferir de las estimaciones efectuadas a la fecha de preparación de los presentes estados contables.

  3. DIFERENCIA ENTRE LAS NORMAS CONTABLES DEL BCRA Y LAS NORMAS CONTABLES PROFESIONALES ARGENTINAS

    Contabilización del impuesto a las ganancias por el método del impuesto diferido

    La Sucursal determina el impuesto a las ganancias aplicando la tasa vigente sobre la utilidad impositiva estimada (nota 2. h).

    De acuerdo con las normas contables profesionales argentinas, el reconocimiento del impuesto a las ganancias debe efectuarse por el método del impuesto diferido y, consecuentemente, reconocer activos o pasivos resultantes de las diferencias temporarias entre la valuación contable y la impositiva de los activos y pasivos y su posterior imputación a resultados de los ejercicios en los cuales se produce su reversión. Adicionalmente, deberían reconocerse como activos diferidos los quebrantos impositivos o créditos fiscales no utilizados susceptibles de deducción de ganancias impositivas futuras, en la medida en que las mismas sean probables.

    Al 31 de diciembre de 2013, de haberse aplicado el método del impuesto diferido, el patrimonio neto hubiese disminuido en aproximadamente 950. El efecto en resultados de esa situación, correspondiente al ejercicio finalizado en dicha fecha, equivale a una ganancia de 650.

    Al 31 de diciembre de 2012, de haberse aplicado el método del impuesto diferido, el patrimonio neto hubiese disminuido en aproximadamente 1.600. El efecto en resultados de esa situación...

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