Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, 21 de Marzo de 2014, expediente 007457/1996

Fecha de Resolución21 de Marzo de 2014

Poder Judicial de la Nación "BANCO ITAU BUEN AYRE SA C/DOMINGUEZ ARANDA JUAN

ANTONIO Y OTRO S/ EJECUTIVO"

Expediente Nº 007457/1996 EV

Juzgado N° 8 - Secretaría N° 16

Buenos Aires, 20 de marzo de 2014.

Y Vistos:

l. Apelaron las partes la resolución obrante a fs. 333/337

mediante la cual el Sr. Juez de Grado por un lado desestimó la nulidad planteada por los demandados pero por otro, modificó la sentencia de trance y remate oportunamente dictada, en lo referente a no admitir la capitalización mensual de los intereses.

Los agravios de los accionados obrante a fs. 348/354 fueron contestados en fs. 361/363; mientras que los de la actora de fs. 356/359

fueron respondidos a fs. 368/370.

  1. Se advierte que el capital reclamado en la demanda asciende a $ 4.772,08 (fs. 12).

    En tal situación, la apelación es inaudible ya que el monto del proceso no supera el umbral de admisibilidad recursiva establecido por el art. 242 del Código Procesal (T.O. Ley 26.536), parámetro éste a partir del cual, y de modo excluyente, cobra virtualidad cualquier recurso que se deduzca en el trámite.

    Dicho en otros términos, si el juicio principal es inapelable,

    las diversas cuestiones incidentales que se susciten en el trámite -con Poder Judicial de la Nación independencia del valor económico que entrañen- también resultarán inapelables, por tratarse de cuestiones accesorias que siguen la suerte del principal (conf. esta S., 16/2/10, "Banco del Buen Ayre c/Gallardo Rodriguez Florencia s/ejec."; íd. 23/2/10, "Banco del Buen Ayre SA

    c/Simonetta G.L. s/ejec."; 18/5/10, "Teha Inversiones SRL

    c/Dellarole Daniel s/ejec."...

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