Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 24 de Febrero de 2017, expediente COM 049199/2009/CA001

Fecha de Resolución24 de Febrero de 2017
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación BANCO HIPOTECARIO S.A. c/ ORTIZ ANALIA ELIZABETH s/EJECUTIVO Expediente N° 49199/2009/CA1 Juzgado N° 12 Secretaría N° 120 Buenos Aires, 23 de febrero de 2017.

Y VISTOS:

En mérito a la importancia, calidad, eficacia y extensión de los trabajos desarrollados por los profesionales beneficiarios de la regulación apelada, habiéndose considerado las pautas porcentuales que habitualmente utiliza el Tribunal para casos como el de autos, se elevan a ochocientos cuarenta pesos ($ 840) los honorarios del letrado apoderado de la actora, Dr. A.M., por sus tareas desarrolladas desde su presentación de fs. 88 regulados a fs. 209/10 (arts. 6, 7, 9, 19, 37 y 40 de la ley 21.839 modificada por la ley 24.432).

N. por Secretaría.

Oportunamente, cúmplase con la comunicación ordenada por el art.

4° de la Acordada de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación 15/13, del 21.5.2013.

Hecho, devuélvase al Juzgado de primera instancia.

Firman los suscriptos por encontrarse vacante la vocalía n° 8 (conf.

art. 109 RJN).

J.V.E.R.M.M.R.T.P. DE CÁMARA Fecha de...

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