Banco Columbia S.A.

Fecha de disposición09 Septiembre 2008
Fecha de publicación09 Septiembre 2008
SecciónBalances
Número de Gaceta31485

2.5. BALANCES NUEVOS Martes 9 de setiembre de 2008 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.485 21

Martes 9 de setiembre de 2008 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.485 22

Martes 9 de setiembre de 2008 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.485 23

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO TERMINADO EL 30 DE JUNIO DE 2008 (Cifras expresadas en miles de pesos) COMPARATIVO CON EL EJERCICIO ANTERIOR NOTA 1

CONTEXTO ECONOMICO ARGENTINOY SU IMPACTO SOBRE LA POSICION ECONOMICA Y FINANCIERA DE LA ENTIDAD.

· Acciones Legales de Amparo Como consecuencia de las medidas adoptadas por el Estado Nacional, numerosas personas físicas y jurídicas han iniciado una importante cantidad de acciones de amparos contra el Estado Nacional y/o las entidades integrantes del sistema financiero, reclamando mediante la alegación de la inconstitucionalidad de la normativa de emergencia (Ley 25.561, Decreto 214/02, Decreto 320/02,

Decreto 902/02 y concordantes) la devolución de sus depósitos en la moneda de origen, es decir, dólares estadounidenses. A la fecha de emisión de los presentes Estados Contables, se desconoce el resultado final de las acciones de amparos promovidas contra Banco Columbia S.A.

Las medidas cautelares interpuestas por los depositantes y de acuerdo a lo establecido por la Comunicación 'A' 3916, se registraron en el Rubro Bienes Intangibles $ miles 1.461 (neto de amortizaciones). Dicho monto se encuentra vinculado con las diferencias producidas entre los pagos efectuados por Resoluciones Judiciales y los valores contables registrados según las normas legales aplicables a las imposiciones de los depositantes en moneda extranjera. La Entidad estima que existen fundadas razones para su recupero.

Con fecha 27 de diciembre de 2006, la Corte Suprema de Justicia de la Nación se pronunció en el caso 'Massa c/ Estado Nacional y BankBoston' resolviendo que el Banco demandado debe cumplir su obligación de restituir un depósito en dólares sujeto a las normas de emergencia, abonando la suma original depositada convertida a pesos al tipo de cambio $ 1,40 por dólar, ajustada por CER hasta el día del efectivo pago, con un interés del 4% anual, y computando las sumas abonadas en virtud de medidas cautelares u otras causales como pagos a cuenta.

Asimismo, con relación a la posibilidad de recupero de las pérdidas ocasionadas como consecuencia de las acciones judiciales antes mencionadas, informamos que la Entidad ha efectuado sendos reclamos administrativos ante el Ministerio de Economía y el Banco Central requiriendo la compensación de dichas pérdidas y que, en resguardo de sus derechos, ha promovido con éxito una acción judicial a fin de suspender el plazo de prescripción para iniciar acciones legales contra el Estado Nacional por los daños y perjuicios que le han ocasionado las numerosas acciones de amparos promovidas por los ahorristas. Dicha acción se encuentra suspendida por voluntad de la Entidad a la espera de la resolución que adopte el Banco Central y/o el Ministerio de Economía de la Nación en los reclamos administrativos iniciados.

NOTA 2

BASES DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES Los presentes Estados Contables, que surgen de libros de contabilidad de la Entidad, han sido ajustados por inflación de acuerdo a las pautas descriptas en la Comunicación 'A' 551 hasta el 31 de agosto de 1995. A partir del 1º de septiembre de 1995, y de acuerdo a lo establecido en el Decreto 316/95 del Poder Ejecutivo Nacional y la Comunicación 'A' 2365 del Banco Central de la República Argentina (B.C.R.A.), la Entidad ha discontinuado la aplicación del ajuste por inflación de los Estados Contables. En consecuencia, los movimientos generados entre el 1º de septiembre de 1995 y el 31 de marzo de 2001 se hallan registrados en moneda corriente del período al que corresponden.

A partir del 1º de enero de 2002 y hasta el 28 de febrero de 2003, como consecuencia de la derogación del Decreto 316/95 y la Comunicación 'A' 3702, se efectuó el reconocimiento de los efectos de la inflación en los Estados Contables aplicando los coeficientes basados en el Indice de Precios Internos Mayoristas, nivel general (IPIM), considerando que las mediciones contables reexpresadas por el cambio en el poder adquisitivo de la moneda hasta el momento de interrupción de los ajustes, como las que tengan fechas de origen incluidas en el período de estabilidad, están expresadas en moneda de febrero de 2003.

A partir del 1º de marzo de 2003 se ha resuelto discontinuar la aplicación del método de reexpresión según lo dispuesto por el Decreto 664/03 del P. E. N. y la Comunicación 'A' 3921 del B.C.R.A.

De acuerdo a lo requerido por la Comunicación 'A' 4265 del B.C.R.A., los Estados Contables al 30 de junio de 2008 se presentan en forma comparativa, excepto el Estado de Flujo de Efectivo y sus equivalentes que lo será a partir del 30 de septiembre de 2008 (según lo dispuesto por la Comunicación 'A' 4667), de la siguiente forma:

· El Estado de Situación Patrimonial se presenta en forma comparativa con el correspondiente al ejercicio finalizado el 30 de junio de 2007.

· Los Estados de Resultados y de Evolución del Patrimonio Neto se presentan en forma comparativa con los correspondientes al ejercicio anterior.

A continuación se explican, en forma resumida, los principales criterios de valuación aplicados para la preparación de dichos estados.

  1. a. - Valuación de los Activos y Pasivos en Moneda Extranjera Los activos y pasivos en moneda extranjera se han valuado al tipo de cambio del dólar referencia del B.C.R.A. correspondiente al último día hábil del ejercicio.

    Las monedas distintas de dólares estadounidenses han sido convertidas a dólares estadounidenses al tipo de pase comunicado por el B.C.R.A. al último día hábil del ejercicio.

  2. b.1. - Valuación de los Títulos Públicos y Privados con cotización Se utilizó la cotización de cierre en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, al último día hábil del ejercicio, más el valor de los cupones de amortización y renta vencidos a cobrar, neto de los gastos estimados de venta.

  3. b.2. - Valuación de los Títulos Públicos y Privados sin cotización Se valuaron de acuerdo con lo establecido por la Comunicación 'A' 3911 modificatorias y complementarias del B.C.R.A., al menor valor entre su costo de incorporación y el importe menor que resulta entre el valor presente, valor técnico y valor teórico. Los Certificados de Crédito Fiscal y Letras del Tesoro Nacional cuyo pago no fue cumplido por el Estado Nacional, por un importe de $ miles 237, fueron valuados al costo de incorporación por resultar menor que el valor presente de los mismos.

  4. c. - Método utilizado para el Devengamiento de Ajustes e Intereses Cartera activa con pagos subperiódicos: sistema de cálculo de intereses con devengamiento exponencial en cada subperíodo.

    Cartera activa con pago único y cartera pasiva: devengamiento lineal para operaciones de hasta 92 días y exponencial para el resto.

  5. d. - Previsión por Riesgo de Incobrabilidad Se constituyó sobre la base del riesgo de incobrabilidad estimado de la cartera de préstamos, de otros créditos por intermediación financiera y de créditos diversos, el cual resulta de la evaluación de la capacidad de repago y/o del grado de cumplimiento de los deudores, y de las garantías que respaldan las respectivas operaciones, de acuerdo con lo establecido por la Comunicación 'A' 3918 y complementarias del B.C.R.A.

  6. e. - Valuación de las participaciones en otras sociedades No controladas sin cotización: se encuentran valuadas a su valor patrimonial proporcional según el último balance disponible de la entidad emisora.

  7. f. - Valuación de los Bienes de Usoy Bienes Diversos Los valores de costo originales se reexpresaron aplicando los coeficientes descriptos al comienzo de la presente Nota 2.

    La depreciación computada surge de dividir el valor residual reexpresado por los meses restantes (al inicio del ejercicio) de vida útil asignada. Dichos valores residuales reexpresados no superan, en su conjunto, el valor recuperable.

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  8. g. - Valuación de Otros Bienes Diversos Los valores de costo originales se reexpresaron aplicando los coeficientes descriptos al comienzo de la presente Nota 2.

    La depreciación computada surge de dividir el valor residual reexpresado por los meses restantes (al inicio del ejercicio) de vida útil asignada. Dichos valores residuales reexpresados no superan, en su conjunto, el valor recuperable.

  9. h. - Valuación de los Bienes Intangibles Comprende la activación de los gastos relativos a la reorganización administrativa y de sistemas informáticos de la Entidad, y a la instalación de filiales y dependencias operativas, y mejoras efectuadas en inmuebles de terceros utilizados en la gestión, reexpresados aplicando los coeficientes descriptos al comienzo de la presente Nota 2. Estos bienes se amortizan en un plazo máximo de 60 meses, a partir de sus respectivos desembolsos, o en el plazo de duración de los contratos de alquiler más sus opciones si éste fuera menor. También se incluyen en este rubro las partidas mencionadas en la Nota 1. - Acciones Legales de Amparo.

  10. i. - Indemnizaciones por Despido La Entidad imputa las indemnizaciones abonadas directamente en los resultados del ejercicio en que ocurren.

  11. j. - Montos a cobrar por ventas y a pagar por compras contado a liquidar y a término Se valúan de acuerdo con los precios concertados para cada operación más las correspondientes primas devengadas al cierre del ejercicio.

  12. k. - Especies a recibir por compras y a entregar por ventas contado a liquidar y a término Se valúan de acuerdo con los valores de cotización en la Bolsa de Comercio de BuenosAires vigentes al cierre del ejercicio para cada especie transada. Las diferencias de cotización se imputan a resultados.

    2.1. - Depósitos de Títulos Públicos Nacionales Se valúan de acuerdo con los valores de cotización en la Bolsa de...

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