Aviso Oficial

Fecha de disposición29 Octubre 2009
Fecha de publicación29 Octubre 2009
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31769
ARTICULO 4º

HAGASE saber que con relación a la presente Resolución podrá hacer uso de las normas contenidas en el Capítulo II, Título III, Sección XIV de la Ley 22.415, Código Aduanero.

Se transcribe los siguientes artículos: Artículo 1132.- '2. Contra las resoluciones definitivas del administrador, dictadas en el procedimiento de impugnación en los casos previstos en el artículo 1053, incisos a), b), c), d) y e), como así también en los supuestos de retardo por no dictarse resolución en el procedimiento de impugnación dentro del plazo señalado al efecto, sólo precederá el recurso de apelación ante el TRIBUNAL FISCAL. Artículo 1133.- 'Salvo en los supuestos de retardo, la apelación o la demanda previstas en el artículo 1132 deberán interponerse dentro del plazo de QUINCE (15) días, contando desde la notificación de la resolución.' ARTICULO 4º -- NOTIFIQUESE por Sección 'S', por Sección 'C' a sus efectos. Cumplido, por oficina de Secuestros y Ventas a sus fines. Con constancias, archívese. -- Abog. ARMINDA CONTRERAS PAZ, Jefe División Aduana Salta.

RESOLUCION Nº 148/2009

SA 53 Nº 36/2007 c/ FABIAN ENRIQUE ROBLES.

e. 29/10/2009 Nº 95671/09 v. 29/10/2009 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE SALTA Por ignorarse el domicilio se notifica a la persona que más abajo se detalla que LA ADMINISTRADORA DE LA ADUANA DE SALTA RESUELVE:

ARTICULO 1º

CONDENAR en las presentes actuaciones a JESUS RAFAEL RODRIGUEZ,

DNI Nº 18.419.170, con el COMISO de las mercaderías detalladas a fs. 4, y al pago de una multa de PESOS OCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UNO con 95/100 ($ 8.251,95) equivalente a una (1) vez el valor en plaza de las mercaderías afectadas al presente, de conformidad con los arts.

986/987 de la Ley 22.415 y a los considerandos que anteceden.

ARTICULO 2º

DISTRIBUIR en importe de la multa, de conformidad con la Ley 23.993 y su modificatoria Decreto Nº 258/2009.

ARTICULO 3º

INTIMAR al pago de la multa impuesta en el perentorio término de quince (15) días de notificada la presente, bajo apercibimiento de la aplicación del Art. 1122, sgtes. y cctes. del C.A.

ARTICULO 4º

HAGASE saber que con relación a la presente Resolución podrá hacer uso de las normas contenidas en el Capítulo II, Título III, Sección XIV de la Ley 22.415, Código Aduanero.

Se transcribe los siguientes artículos: Artículo 1132.- '2. Contra las resoluciones definitivas del administrador, dictadas en el procedimiento de impugnación en los casos previstos en el artículo 1053, incisos a), b), c), d) y e), como así también en los supuestos de retardo por no dictarse resolución en el procedimiento de impugnación dentro del plazo señalado al efecto, sólo precederá el recurso de apelación ante el TRIBUNAL FISCAL. Artículo 1133.- 'Salvo en los supuestos de retardo, la apelación o la demanda previstas en el artículo 1132 deberán interponerse dentro del plazo de QUINCE (15) días, contando desde la notificación de la resolución.' ARTICULO 4º -- NOTIFIQUESE por Sección 'S', por Sección 'C' a sus efectos. Cumplido, por oficina de Secuestros y Ventas a sus fines. Con constancias, archívese. -- Abog. ARMINDA CONTRERAS PAZ, Jefe División Aduana Salta.

RESOLUCION Nº 149/2009

SA 53 Nº...

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