Aviso Oficial

Fecha de disposición14 Agosto 2009
Fecha de publicación14 Agosto 2009
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31716

Que mediante el Contrato de Cesión de Cuotas Sociales celebrado el 2 de septiembre de 1991 el socio Esteban FERRERO cedió el VEINTICINCO POR CIENTO (25%) de las cuotas sociales de PORTEÑA TELEVISORA COLOR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA al socio Jorge Atilio OLOCCO, reservando para sí el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las cuotas sociales representativas del capital social de la licenciataria.

Que ha quedado debidamente acreditada la voluntad de las partes intervinientes en la operación que nos ocupa.

Que el cesionario ha demostrado que mantiene los requisitos fijados por el artículo 45 de la Ley Nº 22.285.

Que también se solicitó en los referidos obrados la autorización del ingreso del señor Sergio Francisco Esteban FERRERO, con motivo del fallecimiento del socio Esteban FERRERO ocurrido el 14 de enero de 1993 y comunicado al COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION el 21 de abril de 1993.

Que se difiere el tratamiento de dicho ingreso hasta tanto se remita la totalidad de la documentación necesaria para evaluar el cumplimiento de los recaudos exigidos por artículo 45 de la Ley de Radiodifusión por parte del heredero del socio fallecido.

Que la Dirección General de Asuntos Legales y Normativa ha emitido el correspondiente dictamen.

Que el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION es competente para dictar actos como el presente, conforme lo previsto por el artículo 46 inciso f) del texto legal antes nombrado y el artículo 2º del Decreto 520 del 31 de marzo de 2008.

Por ello,

EL INTERVENTOR EN EL COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION RESUELVE:

ARTICULO 1º

Autorízase la cesión de cuotas sociales de PORTEÑA TELEVISORA COLOR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, titular de la licencia de un sistema mixto de televisión de la localidad de PORTEÑA, provincia de CORDOBA, con extensión a las localidades de SEEBER y COLONIA MARINA de la provincia de CORDOBA y EUSEBIA de la provincia de SANTA FE, adjudicada por Resolución Nº 43-COMFER/91, efectuada por el señor Esteban FERRERO a favor del socio Jorge Atilio OLOCCO.

ARTICULO 2º

Déjase establecido que la firma PORTEÑA TELEVISORA COLOR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 1º de la presente resolución quedará integrada por el señor Jorge Atilio OLOCCO (D.N.I. Nº 14.210.623) y por la sucesión del señor Esteban FERRERO.

ARTICULO 3º

Regístrese, notifíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial a efectos de su...

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