Aviso Oficial

Fecha de disposición13 Abril 2010
Fecha de publicación13 Abril 2010
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31881
  1. Convocar a reunión de Comisión directiva.

  2. Presidir las reuniones de la Comisión directiva con voz y voto.

  3. Redactar la memoria.

  4. Proveer lo necesario para que el desenvolvimiento de la Comisión directiva tienda a ejecutar fielmente las políticas dispuestas en las Asambleas y el Congreso.

  5. Firmar la aceptación de las afiliaciones que hayan sido aprobadas.

    DEL SECRETARIO ADJUNTO ARTICULO 42. -- El Secretario Adjunto es el colaborador natural del Secretario General y participará en todas las tareas que éste o la Comisión directiva le asignen. Reemplazará al Secretario General en caso de ausencia temporaria o definitiva, con sus funciones y atribuciones.

    DEL SECRETARIO DE HACIENDA Y ADMINISTRATIVO ARTICULO 43. -- El Secretario de Hacienda y Administrativo se encarga de:

  6. La administración contable de la Asociación.

  7. Abonar las órdenes de pago, previa autorización del Secretario general, debidamente timbradas con el sello de la Asociación.

  8. Llevar la contabilidad y los libros de ley.

  9. Efectuar los pagos autorizados por la Comisión directiva.

  10. Recibir y controlar los informes mensuales de gastos elevados por los responsables de cada comisión interna.

  11. Preparar anualmente el balance e inventario, los que serán puestos a consideración de la Comisión directiva y elevados posteriormente a la Asamblea General Ordinaria.

  12. Depositar en las cuentas de la Asociación todo el dinero que ingrese a la misma.

  13. Disponer en su custodia las sumas que en concepto de caja chica disponga la Comisión directiva.

  14. Presentar a la Mesa un informe mensual de caja y poner a disposición de la Comisión Revisora de Cuentas, toda vez que ésta lo solicite, los libros de contabilidad y comprobantes correspondientes.

  15. Confeccionar un proyecto de presupuesto trimestral y cálculo de recursos que deberá ser aprobado por la comisión directiva.

  16. Firmar el recibo de los aportes recibidos y cualquier otro que signifique el manejo de fondos de la Asociación.

    I) Mantener actualizado el padrón de asociados de la Asociación, conforme a las altas y bajas en la afiliación.

  17. Llevar las actas de Comisión Directiva y de Asamblea.

  18. Supervisar el personal administrativo DE LOS VOCALES ARTICULO 44. -- Los mismos colaborarán con las distintas secretarías, conforme distribución de funciones y tareas que se decidirá en el propio seno de la Comisión Directiva.

    El número de afiliados a la...

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