Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 25 de Agosto de 2015, expediente FSA 025000217/2009/CA001

Fecha de Resolución25 de Agosto de 2015
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta “ARIAS JOSE c/ ANSES s/

EXPEDIENTES CIVILES”, Expte. nº

25000217/2009 (Juzgado Federal Nº 2 de Salta)

TA, 25 de agosto de 2015.-

AUTOS Y VISTO:

  1. Que la cuestión planteada en las presentes actuaciones resulta sustancialmente análoga a la examinada por esta Cámara Federal de Apelaciones de Salta en el antecedente “FIORI, I.R. c/ ANSES y otro s/ Expedientes civiles”, Expte. N.. 15000255/2010, sentencia del 13 de agosto de 2015, por lo que corresponde remitirse a los fundamentos allí vertidos (www.cij.gov.ar), que pasan a formar parte del presente resolutorio.-

    En efecto, a través de las constancias de la causa se observa que el actor obtuvo su beneficio jubilatorio de la ex Caja de Previsión Social, por la ley 6335/85 de la Provincia de Salta; y oportunamente requirió en sede administrativa el reajuste de su haber, solicitud que fue desestimada por la ANSES, a través de la resolución RNT-E 4002/07 (fs. 2/3).

  2. Que advirtiendo que la parte actora no ha expresado agravios, a pesar de haber sido debidamente notificada de la intimación ordenada a los fines previstos por el art. 259 del CPCCN (confr. constancia de fs. 107 vta.), en conconancia con lo Fecha de firma: 25/08/2015 Firmado por: M.V.C.O. Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.W.C.P.J. de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta decidido a fs. 119 corresponde declarar desierto el recurso de apelación interpuesto a fs. 82.-

    Por lo que se

    RESUELVE:

  3. DECLARAR DESIERTO el recurso de apelación interpuesto por la parte actora a fs. 82.

  4. HACER LUGAR parcialmente al recurso de apelación deducido por la ANSES y, en su mérito, REVOCAR parcialmente la sentencia definitiva de primera instancia en cuanto dispone el reajuste del haber previsional del actor de acuerdo a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR