Autos y Sentencias de Cámara de lo Contencioso Administrativo - Santa Fe, 4 de Febrero de 2008

Fecha de Resolución 4 de Febrero de 2008
EmisorCámara de lo Contencioso Administrativo - Santa Fe

COMPETENCIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA. 'PRONTO PAGO'. APLICACIÓN DEL CRITERIO C.S.J.P. 'ESCOBAR'.

A y S, tomo 11, pág. 323 Santa Fe, 4 de febrero de 2008.

VISTOS: Estos autos caratulados 'ARANDA, M.P. contra PROVINCIA DE SANTA FE sobre PRONTO PAGO' (Expte. C.C.A.1 n° 447, año 2007), venidos para resolver acerca de la competencia; y, CONSIDERANDO:

  1. La señora M.P.A., con fundamento en el artículo 121 del C.P.L., interpuso 'pronto pago' ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la Primera Nominación, contra la Provincia de Santa Fe, por la suma de $ 8284,68 (e intereses legales), la que -según dijo- se le adeudaría en concepto de retroactivos del 'suplemento por riesgo profesional', y le habría sido reconocida por resolución del Ministerio de Gobierno 371/03.

    Señaló que a pesar de tal reconocimiento y liquidación del crédito laboral, su importe no le fue abonado hasta la fecha.

    El titular de dicho juzgado consideró, con cita del artículo 3 de la ley 11.330, que la cuestión debatida en autos refiere a materia contencioso administrativa, razón por la cual declaró su incompetencia para entender en el sub lite (f. 44).

  2. Es así que la peticionaria deduce, ante esta Cámara, demanda contencioso administrativo contra la Provincia de Santa Fe para que se haga efectivo el pago de la mencionada suma de $ 8284,68 (fs. 47/48).

    A esos efectos, invoca la concurrencia de una 'omisión de hecho, arbitraria e ilegítima, del pago de la suma liquidada por la propia Administración' (f. 48).

  3. Ha de declararse la competencia de esta Cámara para entender en la presente causa.

    Así, en razón del criterio sentado por la Corte Suprema de Justicia de la Provincia -por mayoría- en autos 'Escobar' (A. y S. T. 181, pág. 392; reiterado en 'B.', A. y S. T. 185, pág. 253), al...

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