La protección ambiental en las normas del nuevo milenio. Un nuevo rumbo

AutorSilvia Nonna
Cargo del AutorDoctora en Leyes de la Universidad de Buenos Aires
Páginas11-137

Doctora en Leyes de la Universidad de Buenos Aires. Abogada y Abogada Especialista en Recursos Naturales, Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires. Posgrado en Comercio Internacional de Hidrocarburos Facultad de Ingeniería de la Universidad de Buenos Aires. Posgrado en Derecho Ambiental Universidad Austral. Environmental Research Fellow, the George Washington University, Estados Unidos. Desde 1999 viene desempeñándose en distintos cargos para el Organismo Ambiental Nacional. Fue Directora del Registro Nacional de Residuos Peligrosos. Actualmente es Coordinadora de la Unidad de Investigación y Desarrollo Ambiental de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación. Es profesora de Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires y profesora invitada en posgrados de universidades públicas y privadas. Dirige programas de investigación. Ponente en ámbitos nacionales e internacionales. Autora de libros y publicaciones varias. Ha representado al país en reuniones internacionales. Fue asesora de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.

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"Nunca dudes que un grupo de personas comprometidas y pensantes puede cambiar el mundo. De hecho es la única manera de hacerlo".

Margaret Mead

1. Evolución del derecho ambiental en la Argentina

Si consideramos al Derecho Ambiental como el conjunto de normas que regulan el ambiente, y a su vez, definimos el ambiente como el sistema en el que interactúan y se interrelacionan de manera condicionada los distintos elementos que lo componen, diremos que el Derecho Ambiental en Argentina está integrado por la normativa que regula los Page 12 recursos naturales, las actividades y los efectos que el hombre lleva a cabo para modificarlos para la obtención de los recursos culturales, como así también los residuos generados a partir de esa transformación.

Se pueden distinguir varias etapas en la formulación de normas ambientales enArgentina, que pueden sintetizarse en:

  1. Regulación estática de los recursos naturales.

  2. Tratamiento dinámico del ambiente. Etapa subdividida en:

    - Aprobación de tratados ambientales internacionales.

    - Normativa provincial.

  3. Reforma de la Constitución Nacional.

  4. Elaboración de normas de presupuestos mínimos.

  5. Hacia fines del siglo diecinueve, se comenzó a regular en forma independiente los distintos recursos naturales, tanto a nivel nacional como provincial. Así, en 1886 se sanciona el Código de Minería de la Nación. Page 13

    Por su parte, varias leyes nacionales anteriores a la primera mitad de la década del 70 del siglo pasado, se ocupan de regular otros recursos naturales.

    Una mención especial merece la Ley Nacional 2.7972de 1891, por ser la primera ley que regula la temática ambiental en la Argentina, precursora y premonitoria.

    Es una ley nacional que, sin perjuicio de la falta de aplicación aún sigue vigente.

  6. La segunda etapa comienza a delinearse después de 1972, a partir de aquella primera reunión internacional en una Conferencia Mundial sobre Medio Ambiente Humano, convocada por la Asamblea de Naciones Unidas y de la Declaración de Estocolmo. Page 14

    Desde 1982 con el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente, realizado en Nairobi-Kenya, Argentina comenzó con más fuerza a adoptar el tema ambiental para consagrarlo en esa década en normas provinciales.

    En 1992, la Conferencia de Naciones Unidas para el Medio Ambiente y el Desarrollo de Río de Janeiro, significó un hito importante en la historia del derecho internacional ambiental. Argentina participó del mismo, incrementando el proceso de inserción de la dinámica ambiental en su derecho positivo, y adoptando varios acuerdos internacionales en la materia.

    En los albores de 1990, la mayoría de las provincias de la Argentina, ya habían incorporado el principio de protección del ambiente en sus respectivas Constituciones. Además, la mayoría de las provincias regularon la materia ambiental a través de normas particulares, ya sea leyes generales de protección ambiental, o mediante normativa específica para la evaluación del impacto ambiental.

    Por su parte además, conviene recordar que el punto de partida para sistematizar la protección del ambiente en todo el país, fue el Pacto Federal Ambiental firmado el 5 de julio de 19933. La reforma constitucional recogió Page 15 y consagró esa voluntad común, y puso en manos del Congreso Nacional la sanción de la norma- tiva ambiental básica. Esto es, las normas de presupuestos mínimos para la protección ambiental. Page 16

    Faltaba aún la consagración del principio a nivel nacional, que concluyó en 1994, con la reforma de la Constitución Nacional.

  7. En un todo de acuerdo con los principios reconocidos por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Ambiente Humano de Estocolmo en 1972 y por la Cumbre de Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo de Río de Janeiro en 1992, y en clara sintonía con la línea adoptada por las constituciones que fueron Page 17 sancionadas a partir de entonces, los constituyentes reformadores introdujeron la cuestión ambiental en el artículo 414 de nuestra Constitución Nacional.

    La reforma constitucional de 1994, ha consagrado el derecho a un ambiente sano y el correlativo deber de preservarlo, y que a su vez permita un efectivo desarrollo sostenible. Incorpora temas trascendentales como los presupuestos mínimos de protección al ambiente, el uso racional de los recursos naturales, la recomposición de daño ambiental, la educación e información ambientales, la protección de la biodiversidad, la preservación del patrimonio natural y cultural.

  8. La última etapa identificada, en la que nos encontramos actualmente, es la de sanción de normas de presupuestos mínimos. Page 18

    Desde julio del año 2002 hasta el momento, se han promulgado seis leyes de presupuestos mínimos, sobre el análisis de las cuales, volveremos con mayor detalle en puntos que siguen.

    En orden cronológico, las leyes de presupuestos mínimos para la protección ambiental a las que individual y particularmente me referiré a partir del punto 7 son:

    - Ley 25.612. Presupuestos Mínimos para la Gestión Integral de los...

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