Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 22 de Noviembre de 2018, expediente COM 005867/2016

Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2018
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL Sala B 5867/2016 - ALVAREZ, R.J. s/CONCURSOP.J. n° 18 - Secretaria n° 35 Buenos Aires, 22 de noviembre de 2018.

Y VISTOS:

  1. La concursada apeló el auto de fs. 308, mediante el cual la Sra. Juez a quo la intimó a abonar la tasa de justicia liquidada por la sindicatura. Su memorial de fs. 311/12 fue contestado a fs. 314/15. El R. del organismo fiscal dictaminó a fs. 324.

  2. El art. 13 de la ley 25.563 establece como pauta cuantitativa de la tributación, el pasivo conformado por los acreedores concurrentes, por lo que la base sobre la que debe calcularse el importe de la tasa de justicia en un concurso preventivo es la suma de todos los créditos verificados comprendidos en el acuerdo (CNCom., esta Sala in re “Eficast S.A. s/ concurso preventivo s/ incidente de tasa de justicia”, del 19.06.07).

    Ello, sin que quepa hacer distingo alguno en caso que dicho pasivo pudiera resultar coincidente en varios concursos, puesto que en todos ellos media un servicio de justicia que debe ser prestado en forma independiente, sin que obste a tal conclusión que una -o varias- acreencias se encuentren verificadas en el concurso del obligado principal y de su garante (CNCom., esta Sala in re “Tura, A. s/ concurso preventivo”, del 19.012.11 y sus citas; entre otros).

    Fecha de firma: 22/11/2018 3. Por lo expuesto, se rechaza el recurso de fs. 309 y se Alta en sistema: 23/11/2018 Firmado por: M.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.G.A.D.D.C., JUEZ DE CAMARA #28228695#221419136#20181122140719667 Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL Sala B confirma la providencia de fs. 308, con costas a la concursada, por resultar...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR