Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 2, 19 de Septiembre de 2016, expediente CSS 014336/2011/CA001

Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2016
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 2

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2 CAUSA Nº14336/2011 Sentencia Definitiva En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los , reunida la Sala Segunda de la Excelentísima Cámara Federal de la Seguridad Social para dictar sentencia en estos autos A.B. c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS, se procede a votar en el siguiente orden:

EL DOCTOR L.R.H. DIJO:

Las presentes actuaciones llegan a conocimiento de esta S. en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la sentencia de grado.

El organismo administrativo cuestiona la inaplicabilidad del artículo 9 ap. 2 y 3 de la Ley 24.463.

En orden a la cuestión a resolver, cabe señalar que, en torno al memorial del aquí recurrente, el mismo no reúne el requisito de suficiente fundamentación exigido por el código de rito (conf. art.

265 del C.P.C.C.N.), pues no formula con solvencia técnica una crítica autosuficiente de la resolución apelada. En tales condiciones, no ha logrado demostrarse que la judicante incurriera en error en la aplicación de normas, inaplicabilidad de ley o doctrina legal, como así tampoco en arbitrariedad, irrazonabilidad o indefensión, importando la presentación recursiva una mera discrepancia con lo decidido.

Expresar agravios significa ejercitar un control de juridicidad, mediante la crítica razonada de los eventuales errores del juzgador, para lograr de ese modo, la modificación total o parcial de la decisión atacada. Esta exigencia no aparece en modo alguno cumplida en la especie, ya que el presentante se limita a efectuar consideraciones genéricas sin impugnar los fundamentos sobre los cuales la...

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