Sentencia de SALA II, 5 de Septiembre de 2014, expediente CCF 004371/2012/CA001

Fecha de Resolución 5 de Septiembre de 2014
EmisorSALA II

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 4371/2012 A.E.N. c/ SOLIDARIDAD OBRA SOCIAL BANCARIA ARGENTINA s/SUMARISIMO DE SALUD Buenos Aires, 5 de septiembre de 2014.- MVC AUTOS Y VISTOS:

Teniendo en cuenta la naturaleza del asunto, su resultado (confr. fs. 245/249) y la extensión, calidad e importancia de los trabajos realizados, se elevan los honorarios de la letrada patrocinante de la parte actora, doctora F.M.D. a la cantidad de PESOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS ($ 9.800) (arts. 6, 7, 37 y 39 de la Ley 21.839 modificada por la Ley 24.432).

En atención al carácter de las cuestiones sobre las que debió

expedirse la perito médica M.E.G. (conf. fs. 126/129 y vta.) así como la entidad de su informe, se confirman sus emolumentos.

Hágase saber a los profesionales intervinientes que deberán registrar, validar y constituir por escrito en el expediente su domicilio electrónico, bajo apercibimiento, en su caso, de notificar por ministerio de la ley las sucesivas resoluciones y...

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