AFJP: la Corte amplía la orden de devolver aportes voluntarios

La Corte Suprema de Justicia dictó una sentencia que favorece al menos a 50 personas, algunas ahora jubiladas y otras todavía laboralmente activas, que habían hecho aportes voluntarios cuando estaban afiliadas al sistema jubilatorio de capitalización, eliminado con la reforma previsional de 2008.

El martes de la semana pasada, el tribunal supremo había difundido un fallo favorable al jubilado Mario Villarreal. Por voto de mayoría, los jueces declararon en esa causa la inconstitucionalidad de un artículo de la ley 26.425 (el que preveía qué hacer con los aportes voluntarios tras la reforma del sistema, pero que, finalmente, no fue puesto en práctica) y dispuso que se le ordenara a la Anses la devolución directa de los ahorros acumulados a partir de aportes hechos por sobre los obligatorios.

Aunque a fines de diciembre no trascendió, ese mismo día los jueces firmaron otro escrito, con efecto para más de 50 demandas, entre las que se incluyen algunas de personas que aún no están jubiladas. La sentencia está encabezada por la causa "Lerner Daniel y otros c/ Estado nacional". Para todos los casos, el tribunal se remitió a los argumentos que ya había expuesto al analizar el expediente de Villarreal; es decir, se consideró inconstitucional el mecanismo que había previsto la ley y que el Gobierno incumplió, y se le ordenó al tribunal de origen dictar una sentencia para ordenar la devolución de los montos por parte de la Anses.

La sentencia conocida la semana pasada aún dejaba dudas respecto de si iguales criterios se tomarían para los demandantes que todavía no estaban jubilados. Algunos fallos de primera instancia-según recordó ayer uno de los aportantes incluidos en la nueva sentencia- habían rechazado años atrás las pretensiones de los litigantes, por considerar que la ley preveía un mecanismo para que esos ahorros fueran recuperados al momento del retiro laboral y que, por lo tanto, las personas mantenían un derecho "en expectativa".

Pero lo cierto es que, más de seis años después de la aprobación de la reforma, el Gobierno no terminó la reglamentación ni puso en marcha lo dispuesto por la ley del Congreso. Esa demora determinó que se declarara la inconstitucionalidad del artículo 6°, que estableció que el Poder Ejecutivo debía dictar las normas necesarias para que los aportantes optaran por la Anses o por una administradora reconvertida, para confiarle la gestión de los ahorros hasta obtener la jubilación. Y, entonces, los ahorros debían...

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