Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 18 de Noviembre de 2014, expediente CAF 007508/2013/CA001

Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2014
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación 7508/2013 AFIP-DGI, EDUARDO LUIS c/ FOREST CAR S.A.

s/EJECUCION FISCAL - AFIP Buenos Aires, 18 de noviembre de 2014.-

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que apela el representante del Fisco Nacional (ver recurso de fs. 85/89, concedido en subsidio de la revocatoria desestimada a fs. 90, cuya réplica obra a fs. 92/96), el pronunciamiento de fs. 80/82 por el que, al hacer lugar al acuse de fs.

    56/59, el señor juez titular del juzgado federal de ejecuciones tributarias nº 6 declaró operada la caducidad de la instancia en estas actuaciones, con costas.

  2. Que así planteada la cuestión, debe referirse que el artículo 17 de la ley 26.860 — “Exteriorización voluntaria de la tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior”— (BO 3 de junio de 2013) establece lo siguiente:

    Suspéndese con carácter general por el término de (1) año el curso de la prescripción de la acción para determinar o exigir el pago de los tributos cuya aplicación, percepción y fiscalización esté a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos y para aplicar multas con relación a los mismos, así como la caducidad de la instancia en los juicios de ejecución fiscal o de recursos judiciales

    .

    Por su lado, la resolución general AFIP nº 3509, en su artículo 7º, dispone que “La suspensión del curso de la prescripción para determinar o exigir el pago de los tributos cuya aplicación, percepción y fiscalización está a cargo de esta Administración Federal y para aplicar multas relacionadas con los mismos, así como la caducidad de la instancia en los juicios de ejecución fiscal o de recursos judiciales, prevista con carácter general en el Artículo 17 de la Ley Nº 26.860, alcanza a la totalidad de los contribuyentes o responsables, hayan o no exteriorizado moneda extranjera en los términos del régimen reglamentado por esta resolución general”.

    Fecha de firma: 18/11/2014 Firmado por: DO PICO - GRECCO - FACIO, JUECES DE CAMARA Poder Judicial de la Nación 7508/2013 AFIP-DGI, EDUARDO LUIS c/ FOREST CAR S.A.

    s/EJECUCION FISCAL - AFIP

  3. Que desde esa perspectiva, debe señalarse en primer término que el acuse de caducidad de fs. 56/59 fue formulado el día 21 de abril del corriente año, esto es, dentro del año de suspensión al que aluden las normas...

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