AFIP 3533/13. Aportes y contribuciones. Régimen simplificado para pequeños contribuyentes, modificación

Páginas916-917
Administración Federal
de Ingresos Públicos
AFIP 3533/13 Apor tes y contribuciones.
Régimen simpli f‌icado para pequeños
contribuyent es, mod ificación (B.O.
29 -10-13 )
Considerando:
Que la ley Nº 26.565 introdujo modif‌icacio-
nes al Régimen Simplif‌icado para Pequeños
Contribuyentes (RS), sustituyendo el anexo
de la ley Nº 24.977 [TySS, ’98-804], sus modi-
f‌icaciones y complementarias.
Que el Título V del mencionado anexo
instituye un Régimen Especial de Seguridad
Social para Pequeños Contribuyentes, median-
te el cual el sujeto adherido al mismo ingresa
las cotizaciones f‌ijas con destino al Sistema
Integrado Previsional Argentino (SIPA), al
Sistema Nacional del Seguro de Salud y
al Régimen Nacional de Obras Sociales, de
acuerdo con lo establecido por el artículo 39
del anexo indicado.
Que razones de administración tributaria
y la necesidad de mantener el debido f‌inan-
ciamiento del Sistema Nacional de Seguro de
Salud y del Régimen Nacional de Obras So-
ciales, aconsejan adecuar el monto de las co-
tizaciones f‌ijas en trato a f‌in de garantizar el
goce de las prestaciones al creciente número
de sujetos que acceden a ellas en razón de la
política de inclusión social que lleva adelante
el Gobierno Nacional.
Que han tomado la intervención que les
compete la Dirección de Legislación, las Sub-
direcciones Generales de Asuntos Jurídicos,
de Técnico Legal de los Recursos de la Segu-
ridad Social, de Coordinación Operativa de los
Recursos de la Seguridad Social, de Recau-
dación y de Sistemas y Telecomunicaciones,
y la Dirección General de los Recursos de la
Seguridad Social.
Que la presente se dicta en ejercicio de
las facultades conferidas por el artículo 7º del
decreto Nº 618, del 10 de julio de 1997, sus
modif‌icatorios y sus complementarios.
Por ello,
El Administrador Federal de la
Administración Federal de
Ingresos Públicos
resuelve:
artículo 1º. — Fíjase el valor de la coti-
zación f‌ija con destino al Sistema Nacional
del Seguro de Salud previsto en el inciso
b) del artículo 39 del anexo de la ley Nº
24.977, sus modif‌icaciones y complementa-
rias, texto sustituido por la ley Nº 26.565,
en la suma de pesos ciento cuarenta y seis
($ 146).
art. 2º. — Fíjase el valor de la cotización
f‌ija con destino al Régimen Nacional de Obras
Sociales previsto en el inciso c) del artículo 39
del anexo de la ley Nº 24.977, sus modif‌ica-
ciones y complementarias, texto sustituido por
la ley Nº 26.565, en la suma de pesos ciento
cuarenta y seis ($ 146).
RESOLUCIONES

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