Acuerdo Nº 589 - Serie “a”

Fecha de la disposición 4 de Octubre de 2011
BOLETÍN OFICIAL
CÓRDOBA, 27 de octubre de 2011
AÑO XCIX - TOMO DLX - Nº 202
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 27 DE OCTUBRE DE 2011
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SECCIÓN
PUBLICACIONES DE GOBIERNO
Convocan a concursos de antecedentes y oposición
Centro Judicial de la Capital
TRIBUNAL SUPERIOR de JUSTICIA
Acuerdo Nº 589 - Serie “A”. En la ciudad de Córdoba, a cuatro días del mes de octubre
del año dos mil once, bajo la Presidencia de su titula Doctor Domingo Juan SESIN, se reúnen los
Sres. Vocales integrantes del Tribunal Superior de Justicia, Doctores Aída Lucía Teresa TARDITTI,
Luis Enrique RUBIO y Armando Segundo ANDRUET (H) y la asistencia del Administrador
General del Poder Judicial, Dr. Gustavo Argentino PORCEL de PERALTA y ACORDARON:
Y VISTO: La necesidad de contar con aspirantes en condiciones de cubrir cargos de Prosecretario
Letrado en lo Civil y Comercial con competencia exclusiva en materia concursal y societaria para el
Centro Judicial de la Capital.
Y CONSIDERANDO: 1.- Que en función del rango del cargo aludido, la convocatoria deberá tomar
en consideración sus características propias, la especificación de las aptitudes requeridas para cada
rol, en orden a la conducción, organización y administración de los ámbitos de ejercicio funcional en
su escenario sociocultural (dimensión gerencial administrativa-comunitaria) y las incumbencias
funcionales del cargo (dimensión técnico jurídica del rol); a la vez, todo ello, enmarcado en el contexto
normativo general que regula los concursos de promoción en los niveles funcionales o de conducción
en el área jurisdiccional.
2.- La convocatoria procura garantizar la legitimidad de los mecanismos institucionales de promoción
a los cargos superiores, a través de un sistema de concurso orientado a la selección y evaluación
integral del postulante acorde a objetivos cognitivos, actitudinales y operativos, inherentes al rol.
3.- Se establecen modificaciones a las Pruebas de Oposición previstas en el artículo 7 del Acuerdo
Reglamentario Nº 588 “A”, del 13/03/2001. Con fundamento en la autorización dispensada por el
artículo 8, primer párrafo, in fine, del Acuerdo Reglamentario N° 588 “A”, del 13/03/2001, en cuanto
habilita a este Cuerpo, a propuesta de la Fiscalía General a “... suprimir ... otras evaluaciones sin
alterar el puntaje total establecido...”. En este orden se estima conveniente suprimir la Prueba
Informática por cuanto el contenido de la misma ha sido objeto de evaluación a los agentes ya sea en
la oportunidad de su ingreso al Poder Judicial o en ocasión de haber rendido y aprobado el examen
informático en otros concursos, pero incluir al momento de realizar el Programa de Formación para el
Desempeño como Personal de Conducción, un capítulo respecto del manejo de soluciones informáticas
necesarias para el cumplimiento del cargo.
4.- De conformidad a lo dispuesto por el Acuerdo Reglamentario N° 588 Serie "A" del 13/03/2001,
modificado por Acuerdos Reglamentarios N° 696 Serie “A” de fecha 17/12/03, N° 706 Serie “A” de
fecha 16/03/04 y N° 870 Serie “A” de fecha 13/03/07 corresponde fijar las reglas de la convocatoria
de aspirantes, precisar la jerarquía del cargo a cubrir, la integración y funciones del Tribunal
Examinador, lugar y horario de entrega de solicitudes y plazo de presentación y acreditación de los
requisitos fijados, fechas para la recepción de las pruebas, pautas de corrección y evaluación de
antecedentes y demás aspectos vinculados con el concurso.
Por ello,
SE RESUELVE:
Artículo 1.– LLAMADO.
CONVOCAR a concurso de antecedentes y oposición, a los fines de confeccionar el orden de mérito
de postulantes en condiciones de ser designados en cargos definitivos, interinos o suplentes de
Prosecretario Letrado en lo Civil y Comercial con competencia exclusiva en materia concursal y
societaria para el Centro Judicial de la Capital.
Los nombramientos serán oportunamente efectuados en función de las necesidades del servicio,
tomando en consideración el orden de mérito que resulte, sin que la participación o resultado del
concurso obligue a la designación del aspirante, más allá del número de vacantes que deban cubrirse.
Los llamamientos en cargos suplentes se efectuarán una vez provistos los correspondientes a
cargos vacantes y de conformidad a las disponibilidades existentes. El cese de la sustitución en tal
condición (suplente) no genera para el agente la posibilidad de solicitar su ubicación en otra cadena
de reemplazos existentes ocupada por quien se encuentre en una ubicación inferior del orden de
mérito aprobado; debiendo en todos los casos esperar la configuración de una nueva suplencia para
poder ser reestablecido a dicha jerarquía.
Artículo 2.– REQUISITOS.
A) LOS aspirantes deberán reunir al tiempo de presentación de la solicitud pertinente, la calidad de
agente del Poder Judicial con una antigüedad de cuatro años en el Poder Judicial como personal
rentado, con cargo de Escribiente como mínimo.
B) Tener mayoría de edad y título de abogado expedido por Universidad estatal o privada habilitada.
C) Al tiempo de su designación, deberán presentar informe del Registro Nacional de Reincidencia,
certificado de Buena Conducta expedido por la Policía de la Provincia de Córdoba, Certificado del
Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Ley nº 8892), Constancia de su situación electoral (Ley
19.945, arts. 12, 125 y 126 y Ley Provincial 8.767, arts. 11, 104 y 109), Constancia del Registro
Público de Juicios Universales de no encontrarse concursado o fallido, Constancia de no encontrarse
en Registro de Deudores comerciales (Veraz, Seven, etc.) o del sistema bancario (B.C.R.A.),
Constancia expedida por la Dirección General de Rentas de la Provincia, sobre su situación tributaria,
poseer aptitud psico-física para el desempeño del cargo y aprobar dentro del plazo asignado el
Programa de Formación para el Desempeño como Personal de Conducción, el cual también incluirá
el manejo de soluciones informáticas necesarias para el cumplimiento del cargo.
Artículo 3.- INSCRIPCIÓN
LOS postulantes deben inscribirse a través de Internet, completando la Solicitud de Inscripción
publicada en el Sitio Oficial del Poder Judicial (www.justiciacordoba.gov.ar) en la sección Concurso de
Cargos, cuyo modelo se incorpora y aprueba como “Anexo A”, desde el 20/10/11 y hasta el día 20/
11/11 a las 14 hs. inclusive.
Vencido el plazo, y luego de consultar la Oficina de Concursos y Junta de Calificaciones el legajo
personal de cada inscripto, publicará, a través del medio mencionado anteriormente, el listado de los
postulantes admitidos.
El postulante que desista de dar los exámenes correspondientes, deberá comunicar tal decisión
hasta cinco (5) días hábiles, antes de la fecha del examen. Dicha comunicación se hará mediante
correo electrónico a concursos@justiciacordoba.gov.ar, o por nota que será dirigida y presentada a
la Oficina de Concursos y Junta de Calificaciones dependiente del Área de Recursos Humanos. El
agente que no cumpla con lo establecido se ajustará a lo dispuesto en el Acuerdo N° 760 Serie “A” del
14/04/05 modificado por Acuerdo Reglamentario N° 1014 Serie "A" del 12/08/10.
Artículo 4.- PRUEBAS DE OPOSICIÓN.
LOS postulantes que resulten admitidos deben completar y rendir las siguientes pruebas:
A) EXAMEN TEÓRICO- PRÁCTICO
El temario general y la modalidad del examen se aprueban como "Anexo B" que forma parte del
presente Acuerdo.
Las cuestiones que serán evaluadas son: 1) Redacción; 2) Ortografía; 3) Sintaxis; 4) Manejo del
tema propuesto; 5) Visión integral del problema, y habilidad para interpretarlo correctamente; 6)
solución práctica y adecuada. 7) Manejo del tiempo.
Será de carácter eliminatorio. El puntaje máximo establecido para la prueba será de sesenta puntos
(60). Será aprobado con al menos un cincuenta por ciento (50%) de las respuestas correctas; esto
es, treinta puntos (30) como mínimo.
Únicamente se permitirá el uso de textos legales que no sean comentados, vinculados directa o
indirectamente con los temas de examen. No se podrá utilizar fotocopias o material impreso.
Los exámenes serán impresos y entregados al Tribunal Examinador para su corrección. Asimismo,
y con el fin de tener una copia de los mismos para casos imprevistos, se grabarán en CD, los que
serán resguardados en un sobre lacrado cuya apertura será el día de la decodificación de los mismos.
La supervisión y evaluación de la prueba compete al Tribunal Examinador.
B) EVALUACIÓN SOBRE EL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE CAUSAS CIVIL
La misma se llevará a cabo conjuntamente con el Examen Teórico- Práctico. La elaboración,
supervisión y corrección estará a cargo de la Coordinadora del SAC, Dra. Verónica Rapela y del
titular del Área de Tecnologías de Información y Telecomunicaciones o del personal superior que éste
afecte.
Será de carácter eliminatorio. El puntaje máximo establecido para la prueba será de cinco puntos
(5). Se exigirá para su aprobación la obtención de un mínimo del cuarenta por ciento (40 %) del

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