Acuerdo H.T.C. 986 / 2008. Acuerdo H.T.C del 21 de Abril de 2008. Aviso Nro: 3192

Fecha de la disposición25 de Abril de 2008
Número de Boletín26774
Fecha de Publicación25 de Abril de 2008

HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS. ACUERDO N° 986, del 21/04/2008. VISTO. El expediente N° 169-270-RC-08, en el cual obra presentación formulada en forma conjunta por los Sres. Jefes de los Departamentos de Rendición de Cuentas -Organismos Centralizados y Descentralizados, y CONSIDERANDO: Que en tal oportunidad plantean la necesidad de dejar sin efecto la Resolución N° 573/HTC- y modificatorias (Registro de Movimientos Financieros), dictada como consecuencia de las Disposiciones vertidas en la Ley N° 6970, la que instrumenta sistemas de Presupuesto, Contabilidad, Tesorería y Crédito Público, que permiten llevar una contabilidad integral e integrada de todos los movimientos y transacciones realizadas por la Administración Pública provincial, lo que en su momento resultó una herramienta útil para poder controlar el grado de cumplimiento de las normativas vigentes en la materia, en los distintos Servicios Administrativos. Ello, por cuanto el Poder Ejecutivo el Decreto N° 2/3-ME-08, que a los fines perseguidos resulta perfectamente aplicable a este cometido, a mas de que la coexistencia y aplicación de estas dos normas (Resolución de este Tribunal y Decreto precitado) importan una duplicidad de labor que por razones prácticas resulta necesario evitar. Así es que en la actualidad los distintos SAF (Servicio Administrativo Financiero), se encuentren incorporados al sistema (SAFyC), que proporciona la información necesaria para poder reemplazar dicho registro, se hace necesario dictar normas precisas para adaptarlas a la nuevas circunstancias. El Tribunal de Cuentas ACUERDA Artículo 1°:Dejar sin efecto, la Res. N° 573 y sus modificatorias, que reglamentan sobre el Registro de Movimiento Financiero, a...

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