ACORDADA H.C.S.J 549 / 2016 ACORDADA Nº 549 de 9 de Mayo de 2016

Fecha de Entrada en Vigor 9 de Junio de 2016
Fecha de la disposición 9 de Mayo de 2016
Número de Boletín28758
Fecha de Publicación18 de Mayo de 2016
Número de documento53684

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. ACORDADA N° 549, del 09/05/2016.

VISTO:

El Acuerdo N° 1029 de fecha 03/11/2010, mediante el cual se dispone que a partir de febrero del 2011, el ingreso de aspirantes a las vacantes en el cargo de Ayudante Judicial del Poder Judicial se realice de conformidad a lo establecido por el procedimiento general de ingreso de Personal Administrativo del Poder Judicial; y

CONSIDERANDO:

El día 17 de febrero de 2015 venció el Orden de Méritos establecido por el concurso convocado según Acordada N° 1208/11 para personas con Discapacidad, para los centros Judiciales Capital, Concepción y Monteros, por lo que resulta necesario cubrir las vacantes que se produjeron a partir de esa fecha. Con el fin de contemplar las necesidades específicas de los postulantes, es necesario modificar aspectos operativos del reglamento aprobado por la Acordada N° 1208/11, en su Anexo I. Por ello y en uso de las facultades conferidas por el art. 13 de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

ACORDARON:

  1. APROBAR el “Procedimiento General de Ingreso en el cargo de Ayudante Judicial al Poder Judicial para personas con Discapacidad”, aplicable a partir del presente acuerdo, a los concursos para cubrir cargos de Ayudante Judicial para personas con Discapacidad que se convoquen en los centros Judiciales Capital, Concepción y Monteros (Anexo I del presente Acuerdo).

  2. LLÁMASE a concurso público de oposición para cubrir 30 vacantes en el cargo de “Ayudante Judicial” para personas con discapacidad en el Centro Judicial Capital.

  3. ESTABLECER que la inscripción de los aspirantes se realice del 18/05/2016 al 20/05/2016 inclusive, a través de la página web del Poder Judicial. Toda comunicación y notificación vinculada a la convocatoria y al desarrollo del concurso será efectuada a través de la página web referida.

  4. DISPONER que la Dirección de Recursos Humanos tendrá a cargo el contralor de la prueba y adoptará las decisiones pertinentes antes y durante el desarrollo de la misma.

  5. DISPONER que la Dirección de Sistemas tendrá a cargo el proceso de inscripción y confirmación de turnos, según especificaciones indicadas en el Anexo I de la presente Acordada y la instalación, mantenimiento, soporte y operatividad de los equipos y sistemas destinados al concurso.

  6. DISPONER que cuando la Dirección de Recursos Humanos lo estime necesario, se afectará al Concurso a personal de la Dirección Técnica Ejecutiva, Centro de Especialización y Capacitación Judicial, guardia policial y de toda otra oficina que se requiera a los fines del proceso.

  7. DISPONER que los gastos de organización que originan este concurso sean atendidos con fondos del programa 12 de la Cuenta Especial de Infraestructura Judicial del Presupuesto vigente, ordenando se OTORGUE OPORTUNA INTERVENCIÓN del Contador Fiscal Delegado del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia.

  8. NOTIFICAR y publicar en sitio de la página Web del Poder Judicial y en el Boletín Oficial de la Provincia, por dos días sin cargo y difundir en medios de prensa escritos y audiovisuales. Con lo que terminó, firmándose por ante mí, doy fe. Antonio Gandur. René Mario Goane. Antonio Daniel Estofán. Claudia Beatriz Sbdar. Daniel Oscar Posse.

ANEXO I Artículos 1 a 13

"Procedimiento General de Ingreso en el cargo de Ayudante Judicial al Poder Judicial para personas con Discapacidad"

Artículo 1°

) ESCALAFÓN DE INGRESO:

El ingreso en calidad de empleado administrativo al Poder Judicial, para personas con discapacidad, se hará por la categoría inferior. Aquellos postulantes que pertenezcan a la carrera de Maestranza de este Poder Judicial y figuren en el Orden de mérito de los aprobados, ingresarán en la categoría de la carrera administrativa cuyo sueldo básico sea similar (no inferior), en el turno que corresponda según su orden de mérito.

Artículo 2°

) REQUISITOS:

2.1 Son requisitos para el ingreso:

  1. Certificado de buena conducta expedido por autoridad competente. b) Dieciocho (18) años de edad como mínimo y cincuenta (50) años de edad como máximo, cumplidos al momento de cierre de la inscripción. c) Copia del Titulo Secundario o Polimodal analítico certificada por el Establecimiento Educativo y por el Ministerio de Educación de la Provincia de Tucumán, cuando lo requiera la Dirección de Recursos Humanos. En caso que el título sea expedido por otra provincia, el mismo deberá estar, además, legalizado por el Ministerio de Educación de la Provincia que lo expidió. La fecha de otorgamiento del Título deberá ser anterior al cierre de las inscripciones del concurso convocado. d) Además, en caso de poseer Título Universitario: -Universidad Privada: Título legalizado por la Universidad que expidió el mismo. -Universidad Estatal: Título legalizado por el Rectorado. e) Tener domicilio (residencia efectiva) en la jurisdicción del Centro Judicial que se concursa, debiendo acreditarse únicamente mediante D.N.I. (si existiere cambio de domicilio hacia el Centro Judicial que se concursa, desde otra jurisdicción, la fecha del mismo deberá ser anterior a la apertura de las inscripciones del concurso). f) Aprobación del concurso exigido, reglamentado por la presente normativa. g) Certificado Único de Discapacidad que se encuentre vigente, expedido por la Junta Evaluadora de Discapacidad dependiente del Ministerio de Salud Pública de la Provincia. h) Adecuarse a las competencias requeridas y los requisitos de idoneidad para el cargo de Ayudante Judicial, explicitados en el Anexo II del presente Acuerdo. i) No encontrarse incursos en las causales detalladas en el Art. 5° y Art. 9° incisos 4° y 5° de la Ley N° 5473 Provincial.

2.2 No se dará curso a las inscripciones de aquellos postulantes que: a) No reúnan los requisitos...

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