Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 20 de Octubre de 2009, L. 146. XLV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

L. 146. XLV.

RECURSO DE HECHO L., R.V. c/ Fundación Favaloro para la Docencia e Investigación Médica.

Buenos Aires, 20 de octubre de 2009 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa L., R.;Vivian c/ Fundación Favaloro para la Docencia e Investigación Médica", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la queja por denegación del recurso extraordinario no ha cumplido con el recaudo previsto por el art. 4° del reglamento aprobado por la acordada 4/2007.

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 2. H. saber y, oportunamente, archívese.

R.;LUIS LORENZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - ENRI- QUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN C.;MAQUEDA.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por la Fundación Favaloro para la Docencia e Investi- gación Médica, representada por la Dra. A.;Ester Benito.

Tribunal de origen: Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

Tribunal que intervino anteriormente: Juzgado Nacional de Primera Instancia de Trabajo n1 1. -1-

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