Expediente G. 475. XLII, Aclaratoria de 04 de Agosto 2009

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Sentencia nº G. 475. XLII
Actor: Guardamagni Alicia
Demandado: Poder Ejecutivo Nacional y Otros
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Id. vLex: VLEX-65241249

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G. 475. XLII.

RECURSO DE HECHO

Guardamagni, Alicia c/ PEN y otros.

Buenos Aires, 4 de agosto de 2009 Autos y Vistos; Considerando:

Que el pedido de aclaratoria formulado a fs. 77/78 importa la pretensión de que se modifique lo decidido por el Tribunal a fs. 58/58 vta., lo cual resulta improcedente ya que las sentencias definitivas o interlocutorias no son susceptibles de reposición (artículos 238 y 160 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación); sin que se den en el caso situaciones estrictamente excepcionales que autoricen a apartarse del tal principio.

Por ello, se desestima lo solicitado a fs. 77/78. Notifíquese y estése a lo oportunamente resuelto por el Tribunal.

RICARDO LUIS LORENZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E.

RAUL ZAFFARONI.

Interpuso el recurso: la letrada patrocinante de la actora, Dra. Liliana E. Wydler, se presenta conforme al art. 48 del CPCCN, siendo ello ratificado con posterioridad.

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