Sentencia nº 51126 de Quinta Cámara Civil de Apelaciones de la Provincia de Mendoza, Primera Circunscripción, 7 de Marzo de 2016

PonenteRODRÍGUEZ SAÁ, MARTÍNEZ FERREYRA , MOUREU.
Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2016
EmisorPrimera Circunscripción
MateriaLEGITIMACION PROCESAL - TITULAR DEL AUTOMOTOR - CONDUCTOR - DOCUMENTACION DEL AUTOMOTOR - CEDULA VERDE - FOTOCOPIA

*

QUINTA CAMARA DE

APELACIONES EN LO CIVIL - PRIMERA CIRCUNSCRIPCION DE MENDOZA

PODER JUDICIAL MENDOZA

foja: 304CUIJ:

13-00634231-5( (010305-51126))

CURIEL, FABIO CLAUDIO C/ DI

ROCCO, ANDRES Y OTS. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS

*10634332*

En la ciudad de Mendoza, a los siete dÃas del mes de

marzo del año dos mil dieciséis, se reúnen en la Sala de Acuerdos

de la Excma. Cámara Quinta de Apelaciones en lo Civil, Comercial,

M., de Paz y T. de la Primera Circunscripción Judicial,

los Srs. Jueces titulares de la misma Drs. Adolfo Mariano RodrÃguez

Saá, O.M.F. y B.M., y trajeron a

deliberación para resolver en definitiva la causa Nº

113.634/51.126, caratulada "CURIEL, FABIO CLAUDIO C/ DI ROCCO

ANDRES Y OTS. P/ D. Y P.”, originaria del Octavo Juzgado de Paz

Letrado de la Primera Circunscripción Judicial, venida a esta

instancia en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 266

por el Sr. E.Q. contra la sentencia dictada a fs. 257/261.

Llegados los autos al Tribunal, a fs.

275 se ordena expresar agravios, lo que se cumple a fs. 278/280.

Corrido el traslado de ley, a fs. 287/288 se contesta el

recurso, quedando los autos en estado de dictar sentencia a fs. 291.

Practicado el sorteo de ley, quedó

establecido el siguiente orden de votación: Drs. RodrÃguez Saá,

M.F. y Moureu.

En cumplimiento de lo dispuesto por

los arts. 160 de la Constitución Provincial y 141 del C.P.C., se

plantearon las siguientes cuestiones a resolver:

PRIMERA CUESTION:

Es justa la sentencia apelada?

SEGUNDA CUESTION:

C..

SOBRE LA PRIMERA CUESTION EL DR.

RODRIGUEZ SAA DIJO:

  1. Que en primera instancia se hace

    lugar a la demanda por

    daños y perjuicios promovida por por

    el Sr. F.C.C. en contra de los Srs.

    Andrés J.D.R., en el carácter de conductor

    del vehÃculo Chevrolet C-10, dominio WEL-997

    responsable del accidente y contra Epifano

    Quiroz, en su carácter de titular registral del

    mismo al momento del accidente, condénandolos a

    pagar en el plazo de DIEZ DIAS

    pagen al actor la suma de

    pesos doce mil doscientos sesenta y cinco ($ 12.265), con

    más los intereses legales (tasa activa B.N.A.) desde la

    fecha del accidente y hasta su efectivo pago.

    Luego de encuadrarse jurÃdicamente

    el caso, el Inferior destaca que el Sr. Q. se limitó a negar la

    titularidad del automotor Chevrolet C-10, dominio WEL-997 sin aportar

    prueba alguna que avalen su negativa. Por el contrario, la Sra. juez

    consideró que la calidad de titular se habÃa probado con las

    constancias del expediente...

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