Sentencia nº 51126 de Quinta Cámara Civil de Apelaciones de la Provincia de Mendoza, Primera Circunscripción, 7 de Marzo de 2016
Ponente | RODRÍGUEZ SAÁ, MARTÍNEZ FERREYRA , MOUREU. |
Fecha de Resolución | 7 de Marzo de 2016 |
Emisor | Primera Circunscripción |
Materia | LEGITIMACION PROCESAL - TITULAR DEL AUTOMOTOR - CONDUCTOR - DOCUMENTACION DEL AUTOMOTOR - CEDULA VERDE - FOTOCOPIA |
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QUINTA CAMARA DE
APELACIONES EN LO CIVIL - PRIMERA CIRCUNSCRIPCION DE MENDOZA
PODER JUDICIAL MENDOZA
foja: 304CUIJ:
13-00634231-5( (010305-51126))
CURIEL, FABIO CLAUDIO C/ DI
ROCCO, ANDRES Y OTS. S/ DAÃOS Y PERJUICIOS
*10634332*
En la ciudad de Mendoza, a los siete dÃas del mes de
marzo del año dos mil dieciséis, se reúnen en la Sala de Acuerdos
de la Excma. Cámara Quinta de Apelaciones en lo Civil, Comercial,
M., de Paz y T. de la Primera Circunscripción Judicial,
los Srs. Jueces titulares de la misma Drs. Adolfo Mariano RodrÃguez
Saá, O.M.F. y B.M., y trajeron a
deliberación para resolver en definitiva la causa Nº
113.634/51.126, caratulada "CURIEL, FABIO CLAUDIO C/ DI ROCCO
ANDRES Y OTS. P/ D. Y P.â, originaria del Octavo Juzgado de Paz
Letrado de la Primera Circunscripción Judicial, venida a esta
instancia en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 266
por el Sr. E.Q. contra la sentencia dictada a fs. 257/261.
Llegados los autos al Tribunal, a fs.
275 se ordena expresar agravios, lo que se cumple a fs. 278/280.
Corrido el traslado de ley, a fs. 287/288 se contesta el
recurso, quedando los autos en estado de dictar sentencia a fs. 291.
Practicado el sorteo de ley, quedó
establecido el siguiente orden de votación: Drs. RodrÃguez Saá,
M.F. y Moureu.
En cumplimiento de lo dispuesto por
los arts. 160 de la Constitución Provincial y 141 del C.P.C., se
plantearon las siguientes cuestiones a resolver:
PRIMERA CUESTION:
Es justa la sentencia apelada?
SEGUNDA CUESTION:
C..
SOBRE LA PRIMERA CUESTION EL DR.
RODRIGUEZ SAA DIJO:
-
Que en primera instancia se hace
lugar a la demanda por
daños y perjuicios promovida por por
el Sr. F.C.C. en contra de los Srs.
Andrés J.D.R., en el carácter de conductor
del vehÃculo Chevrolet C-10, dominio WEL-997
responsable del accidente y contra Epifano
Quiroz, en su carácter de titular registral del
mismo al momento del accidente, condénandolos a
pagar en el plazo de DIEZ DIAS
pagen al actor la suma de
pesos doce mil doscientos sesenta y cinco ($ 12.265), con
más los intereses legales (tasa activa B.N.A.) desde la
fecha del accidente y hasta su efectivo pago.
Luego de encuadrarse jurÃdicamente
el caso, el Inferior destaca que el Sr. Q. se limitó a negar la
titularidad del automotor Chevrolet C-10, dominio WEL-997 sin aportar
prueba alguna que avalen su negativa. Por el contrario, la Sra. juez
consideró que la calidad de titular se habÃa probado con las
constancias del expediente...
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