Sentencia nº 30341 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 2, 6 de Septiembre de 2016

Fecha de Resolución 6 de Septiembre de 2016
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 2

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL N º 1

DE LA PROVINCIA DE JUJUY

Libro: F.:

AUTOS Y VISTOS: el presente Expte. Nº C-030341/14, caratulado: "Información sumaria s/BURGOS, C.A.”, de los que

RESULTA:

Que a fs. 25/30 se presenta C.A.B. con patrocinio letrado del Dr. P.N., a fin de obtener su inscripción de nacimiento. Al relatar los hechos manifiesta que ha nacido de la unión de su madre M.A.B. y de su padre H.E.A. el día 28 de octubre de 1.992, en el domicilio sito en Avenida Mosconi 210 del barrio Chijra de esta ciudad. Que por razones litigiosas por las que se encontraba atravesando la madre no se registró el nacimiento en el Registro Civil.

Que se advierte que en los instrumentos de fs.6, 7 y 8 el nombre de la progenitora se registra como “M.”, pero en la fotocopia del documento de identidad se registra como “M.”, por lo que oportunamente los interesados deberán rectificar cada instrumento. Y

CONSIDERANDO:

Que con la prueba rendida en autos y obrante a fs. 12/14, la tipificación positiva de ADN, a fs.16/24 documental vinculante de la vida social y educativa, el proveyente infiere la certeza de los hechos invocados en la sublite, teniendo presente lo dictaminado por el Ministerio Público Fiscal y atento a lo prescripto por los Arts. 417, 418, 419 del C.P.C. y Art.78 de la Ley provincial 26.413...

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