Sentencia nº 62294 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 2, 22 de Junio de 2016

Fecha de Resolución22 de Junio de 2016
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 2

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL

N º 1 DE LA PROVINCIA DE JUJUY

Libro: F.:

AUTOS Y VISTOS: el presente Expte. Nº C-062294/16, caratulado: "Información sumaria por rectificación de partida de nacimiento s/DIAZ, R.B.” del que

RESULTA :

Que a fs. 12/13 se presenta la Dra. C.C.S., Defensora Oficial, apoderada de R.B.D., DNI.30.765.570, promoviendo la presente acción a fin de rectificar la partida de nacimiento de su hija A.G.A..

Que al relatar los hechos manifiesta que al momento de la inscripción del nacimiento de su hija no acreditó su identidad con el documento correspondiente. Ofrece prueba documental.

Que a fs. 21 y 23, emiten dictamen el Ministerio Pupilar y el Ministerio Público Fiscal, respectivamente y

CONSIDERANDO:

Que con las pruebas rendidas en autos el proveyente infiere la certeza de los hechos invocados en la sublite, teniendo presente lo dictaminado por el Ministerio Público Fiscal, lo informado por la Dirección del Registro Civil y Capacidad de las Personas (fs.19) y atento lo prescripto por los Arts. 417, 418, 419 del C.P.C., el Juzgado:

RESUELVE:

  1. -Hacer lugar a la presente Información Sumaria y...

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