Sentencia nº 51735 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 4, 18 de Mayo de 2016

Fecha de Resolución18 de Mayo de 2016
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 4

///

= = =AUTOS Y VISTOS: Los de este Expte. Nº C-051735/15,

caratulado: "EJECUTIVO: MENDIETA CLAUDIO DAVID C/ BARRIOS

MONICA LILIANA, de los que :

= = = = = = = = = = = = = R E S U L T A = = = = = = = =

= = =Que, a fs. 6 se presenta el DR. DELGADO G.G.,

por parte por constituido domicilio legal, en nombre y

representación de MENDIETA CLAUDIO DAVID a deducir formal

demanda ejecutiva en contra de la SRA. B.M.L.

persiguiendo el cobro de PESOS DIECISIETE MIL ($ 17.000)

proveniente de un PAGARÉ suscripto por el demandado, y que no

fuera abonado hasta la fecha. Pide se libre mandamiento de

pago, ejecución y embargo por la suma reclamada, con más sus

intereses, gastos y costas.-

= = =Que, citada de remate la parte demandada, ésta no se

presentó a oponer excepciones legítimas dentro del plazo

previsto para hacerlo, el que se encuentra vencido a la

fecha, por lo que corresponde hacer efectivo el

apercibimiento decretado.-

= = =Que, la actora ha solicitado en tiempo hábil, los

intereses correspondientes desde el vencimiento del documento

hasta su efectivo pago. -

= = =Que, oportunamente se ha corrido traslado a la accionada

de tal petición a los fines de que la misma pueda hacer valer

las defensas que considere pertinentes. –

= = =Que, con respecto a los intereses solicitados por la

actora corresponde aplicar la tasa activa cartera G..

(préstamos) nominal anual vencido a treinta días del Banco de

la Nación Argentina, desde la mora hasta su efectivo pago,

más IVA si correspondiere.-

= = =Que, en cuanto a las costas, considero de aplicación lo

normado en el Art. 102 del C.P.C., que manda imponerla a la

vencida.-

= = =Que, para la regulación de los honorarios profesionales

debemos tener en cuenta las disposiciones últimas dictadas

por el Excmo. Superior Tribunal de Justicia.-

= = =Que por todo lo expuesto, el JUZGADO DE PRIMERA

INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2 DE LA PROVINCIA DE

JUJUY,

== = = = = = = = = = = = R E S U E L V E = = = = = = = = =

= = =1)Mandar llevar adelante la presente ejecución

interpuesta por M.C.D. en contra de BARROS

MONICA LILIANA, hasta hacerse el acreedor íntegro pago del

capital reclamado o sea la suma de PESOS DIECISIETE MIL ($

17.000) con más los intereses que correspondan conforme a la

tasa...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR