Competencia N1 95. XLV.
Rizzo, Gustavo Carlos s/ denuncia.
Buenos Aires, 17 de junio de 2009 Autos y Vistos; Considerando:
Que al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo resuelto en la Competencia N1 474.XLIV "Zhixiang Wu s/ delito de acción pública", sentencia del 2 de septiembre de 2008, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad.
Por ello y de conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador Fiscal, se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente el Juzgado Federal de Campana, al que se le remitirá.
Agréguese copia del mencionado precedente y del correspondiente dictamen. Hágase saber al Juzgado de Garantías n1 3 de la localidad de Escobar, Departamento Judicial de Zárate-Campana, provincia de Buenos Aires. RICARDO LUIS LORENZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. ARGIBAY.