Sentencia nº 927 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 11, 25 de Noviembre de 2015

Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2015
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 11

SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 de

noviembre de 2014.

AUTOS Y VISTOS:Los de este Expte. C-000.927/13 caratulado: EJECUTIVO:

YEVARA, YOLANDA LUZ C/ ESCOBAR, C.F. y

CONSIDERANDO:

A fs.54/55 de autos, las partes del proceso presentan convenio al que arribaran,

peticionándose asimismo su homologación.

En virtud de lo normado por los arts. 832, 838 y concordantes del Código Civil, lo reglado

por el art. 121 del Código Procesal Civil y conforme doctrina sentada por nuestro Superior

Tribunal de Justicia en los autos: “M.T. c/ Empresa Regam” y “Delia Mirtha

Toconás c/ Telecom Argentina S. A.”, sólo cabe tener presente el acuerdo.

Por ello, el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6 de la Provincia de

Jujuy;

RESUELVE:

  1. ) Tener presente el convenio al que arribaran las partes a fs.54/55 y la aclaración de fs.56

    con los efectos expresados en los considerandos de este decisorio y disponer la...

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