Sentencia nº 39562 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 2, 30 de Junio de 2015

Fecha de Resolución30 de Junio de 2015
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 2

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL N º 1

DE LA PROVINCIA DE JUJUY

Libro: F.:

AUTOS Y VISTOS: el presente Expte. Nº C-039562/15, caratulado: "Información sumaria para acreditar grupo familiar s/TOCONAS, M.R.”, del que

RESULTA :

Que a fs. 25 se presenta la Dra. O.T.I., Defensora Oficial de Pobres y Ausentes, como apoderada de M.R.T., promoviendo la presente acción a fin de acreditar grupo familiar conviviente.

Que al relatar los hechos manifiesta que la señora TOCONAS, convive con sus tres hijas: M.A.T., V.G.D. y S.V.L. y con sus cuatro nietos.

Que el presente petitorio es a los efectos de acreditar el grupo familiar conviviente ante las autoridades del Instituto de la Vivienda y Urbanimo. Que a fs.47 y 48 emiten dictamenes favorable el Ministerio pupilar y el Ministerio Público Fiscal, y

CONSIDERANDO:

Que con las pruebas rendidas en autos el proveyente infiere la certeza de los hechos invocados en la sublite, teniendo presente el certificado de residencia y convivencia (fs.24) y la encuesta socio ambiental (fs.43/44) y lo dictaminado por el Ministerio Público Fiscal y atento lo prescripto...

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