Sentencia nº 267164 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 2, 29 de Abril de 2015

Fecha de Resolución29 de Abril de 2015
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 2

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL

N º 1 DE LA PROVINCIA DE JUJUY

Libro: F.:

AUTOS Y VISTOS: el presente Expte. Nº B-267.164/12, caratulado: "Sucesorio CHURQUINA, A.G.",

RESULTA :

Que a fs. 10 se presentan R.F., K.P.C.M. e H.M., con el patrocinio letrado de la Dra. C.P., promoviendo la apertura del Sucesorio de A.G.C., L.E. 7.275.014, fallecido el 7 de diciembre de 2.011, en San Salvador de Jujuy, Departamento Dr.Manuel Belgrano de esta provincia.

Que a fs. 20 se ordena la apertura del sucesorio, mandándose a publicar los edictos respectivos, los que se encuentran agregados en autos (fs.24/26 y 34/36).

Que a fs. 42 se ordena la audiencia prevista por el Art. 437 del C.P.C. la que se encuentra cumplimentada a fs.47.

Que a fs.53 obra la resolución de fecha 11 de septiembre de 2012, en la que se declara únicas y universales herederas a las hijas las hijas C.S.C.M., DNI.22.820.529, R.F.C.M., DNI.22.615.730, K.P.C.M., DNI.23.621.607 y M.M.C.M., DNI.28.784.521, sin perjuicio de los derechos que le corresponden a la cónyuge supersite H.M., L.C.4.725.861.

Que a fs. 54 obra el acta de la audiencia prevista por el Art. 439 del CPC..

Que a fs. 57 y 65 obran las operaciones de inventario y avalúo del acervo hereditario. Y,

CONSIDERANDO:

Que, con el acta de defunción obrante a fs.5, se acredita el fallecimiento del causante A.G.C., hecho ocurrido el 7 de diciembre de 2.011 en San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. M.B. de esta provincia.

Que, con el instrumento de fs. 4, se prueba el vínculo matrimonial de H.M. con el causante.

Que, con los instrumentos de fs.3, 17, 18 y 2 se acredita el vínculo filial de C.S., R.F., K.P. y M.M.C.M., con el causante.

Que a fs. 54 se designa como P. inventariadora, avaluadora y partidora a la Dra. C.P..

Que a fs.58 y 81 se aprueban las operaciones de inventario y avalúo del acervo hereditario.

Que a fs.98/99 se practica la partición del acervo hereditario, el que contiene la conformidad de la totalidad de las herederas.

Por todo ello,

RESUELVE:

  1. ...

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