Sentencia nº 25 de Sexta Cámara Laboral de Apelaciones de la Provincia de Mendoza, Primera Circunscripción, 24 de Septiembre de 2014

PonenteLORENTE
Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2014
EmisorPrimera Circunscripción

Expte: 25.025

Fojas: 119

En la ciudad de Mendoza, a los 24 días del mes de SEPTIEMBRE de DOS MIL CATORCE se reúnen en la Sala de Acuerdos del Tribunal los Señores Jueces de la Excma. Cámara Sexta del Trabajo -Dres. L.B.L., DANTE GRANADOS y ELIANA LIS ESTEBAN-, con el objeto de dictar sentencia definitiva en los autos Nº 25.025, caratulados: “NAVARRO ANA LIZ C/ PREVENCION A.R.T. S.A. P/ ENFERMEDAD ACCIDENTE”, de los que

R E S U L T A:

A fs. 21/32 se presenta NAVARRO A.L. por medio de representante legal e interpone formal demanda ordinaria contra PREVENCION ART S.A. por el monto de $ 63.624 o lo que en más o menos resulte de la prueba a rendirse, con más sus intereses y costas.

Refiere la accionante que se desempeñó bajo relación de dependencia en la empresa NUEVO PLAZA HOTEL MENDOZA SA. desde el 01/02/2008 hasta fines de diciembre de 2010 prestando servicios de moza en distintos lugares tanto dentro del Hotel Hyatt como en el casino de dicha institución.

Describe sus tareas que eran prestadas en turnos rotativos de 11.00 hs a 19:00hs, de 19:00hs a 4.00hs, de 21.00hs a 6:00 hs, de 16.00hs a 24:00hs a 1.00hs, trabajando seis días por dos de descanso. Denuncia que nunca la daban vacaciones y que si se tomaba algún día no se lo pagaban.

Sostiene que las tareas realizadas demandaban gran esfuerzo ya que debía transportar entre 18 a 20 vasos de trago largo llenos, que los recorridos que debía realizar era muy extensos y que debía subir escaleras con dichas bandejas, como también cargar y descargar del R. y llenar los vasos de gaseosas.

Concluye señalando que estaba expuesta a malos tratos, desconsideración de sus superiores y que no le otorgaban licencias pagas ni descansos obligatorios. Toda esta situación le provocó la aparición de diversas patologías tales como: cefaleas intensas y cotidianas, nerviosismo, llanto fácil crisis de angustia, depresión, mareos, lumbalgias, etc.

Describe y desarrolla extensamente los síntomas y causas del Síndrome de Burnout.

Practica liquidación sistémica y efectúa reclamo por gastos de tratamientos médicos y complementarios.

Opone la Inconstitucionalidad de los arts. 21, 22, 46, art. 6 inc. II, 49 disposición final segunda y adicional tercera, 15 apartado 2, 11 ap. 4) inc b) de la ley 24557, del Decreto 559/97 y del art. 16 del Dec. 1694/2009.

Funda en Derecho. Ofrece prueba.

A fs. 34 se ordena el traslado de la demanda.

Comparece la Aseguradora demandada PREVENCION ART S.A. a fs. 41/58. Efectúa negativa general y particular de los hechos invocados en la demanda. Contesta rechazando el supuesto esfuerzo en el trabajo realizado como también los malos tratos recibidos, por lo que sostiene la falta de causalidad de la supuesta enfermedad denunciada con las tareas realizadas. Niega que las dolencias denunciadas tengan alguna vinculación con el trabajo, por el contrario sostiene que se trataría de una enfermedad inculpable. Desarrolla la sintomatología de la enfermedad denunciada.

Impugna la liquidación efectuada en especial el porcentaje de incapacidad invocado. Niega que sea procedente el pago de prestaciones médicas futuras.

Opone las Excepciones de Falta de Acción, de Legitimación Sustancial Activa y pasiva.

Resiste y rechaza todos los planteos de Inconstitucionalidad articulados por la actora. Ofrece pruebas.

A fs. 60 la actora contesta el traslado art. 47 CPL.

A fs. 62/63 obra dictamen de Fiscalía de Cámara.

A fs. 64 obra providencia del Tribunal en el que se declara la competencia del Tribunal para intervenir en la presente causa.

A fs. 69 se admiten las pruebas ofrecidas por las partes, y se ordena su producción.

A fs. 94/96 se adjunta pericia psiquiátrica siendo impugnada a fs. 98/99 por la actora. Impugnación que fue respondida a...

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