Sentencia nº 242142 de Cámara en lo Civil y Comercial Sala II de Provincia de Jujuy, de 17 de Diciembre de 2014

Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2014
EmisorCámara en lo Civil y Comercial Sala II

Visto: El Expte. Nº B-242.142/10 “Ordinario por reparación integral de daños y perjuicios: G., M.E. c/ Cruz, J.E. - ORBIS Compañía Argentina de Seguros S.A.”; en el que se presenta el Dr. R.Á.D. en nombre y representación de M.E.G., a mérito de la copia juramentada de poder general para juicios que acompaña (fs. 9 y vta.). Plantea la caducidad de la instancia operada en el Expte. Nº B-269.202/12 “Ordinario por daños y perjuicios: Cruz, E. y otros… c/ Estado Provincial” que se encuentra acumulado al de marras.

Esgrime que dicho proceso se encuentra virtualmente paralizado, sin trámite desde hace más de un año; y destaca que no existe interés del actor en su prosecución, lo cual perjudica al Sr. G. en éstas actuaciones (fs. 319 y vta).

Corrida Vista, se presenta el Dr. J.A.V. en nombre y representación de E.J.C., a mérito del poder general para juicios que en copia juramentada acompaña (fs. 39/40 vta. del E.. Nº B-269.202/12). F. oposición a la caducidad de instancia deducida, por los argumentos que expone y a los cuales remitimos para ser breves (fs. 326).

Integrado el Tribunal (fs. 81) pasan los autos a Despacho para resolver (fs. 348).

Considerando:

I.A. opinión adversa al planteo realizado. Esto así porque, si bien es cierto que en el citado expediente acumulado no hubo actividad procesal por más de un año (de octubre de 2.012 a abril de 2.014; fs. 112 y 113) no lo es menos que durante ese mismo período de tiempo sí la hubo en el expediente de la medida cautelar accesoria al mismo (Expte. Nº B-269.201/12 “Cautelar…: Cruz, E. y otros… c/ Estado Provincial”).

En efecto, el promotor de esta causa accesoria -que se originó el 08/03/2012- realizó numerosos actos procesales, tales como: solicitar la notificación al perito (12/06/2012; fs. 78) acompañar diligencias para control y firma (12/09/2012; fs. 98) acreditar depósito bancario para el pago del adelanto de gastos requerido por el perito (04/04/2013; fs. 116) adjuntar nuevas diligencias para control y firma (21/11/2013; fs. 130) y recibir la diligencia para notificar al perito (29/11/2013; fs. 113).

Además, en esta cautelar, donde se ofreció como prueba una pericial técnica a realizarse por un perito accidentólogo mecánico, tenemos que el mismo ya fue designado y notificado en persona el día 05 de diciembre de 2.013 para que asuma el cargo (fs. 112 y vta.).

Por otra parte, en las...

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