Sentencia nº 22720 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 2, 10 de Noviembre de 2014

Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2014
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 2

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL

N º 1 DE LA PROVINCIA DE JUJUY

Libro: F.:

AUTOS Y VISTOS: el presente Expte. Nº B-22.720/87, caratulado: "S.P., Rosa; A., A.",

RESULTA :

Que a fs. 10 se presenta el Dr. J.R.M., apoderado de R.C. y Y. delC.A., promoviendo la apertura del Sucesorio de Rosa PONCE, DNI.9.648.387, fallecida el 27 de junio de 1.985 en San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. M.B. de esta provincia.

Que a fs.12 se ordena la apertura del sucesorio, mandándose a publicar los edictos respectivos, los que se encuentran agregados en autos (fs.50/53).

Que a fs. 57 se acumula el Expediente B-242.469, caratulado Sucesorio ab intestato ARGAÑARAZ, A..

Que a fs. 68 se presenta el Dr. H.Q. REYES apoderado de R.C. y Y. delC.A., promoviendo la apertura del Sucesorio de A.A., L.E.3.528.655, fallecido el 8 de julio de 1.989 en San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. M.B. de esta provincia.

Que a fs.70 se ordena la apertura del sucesorio, mandándose a publicar los edictos respectivos, los que se encuentran agregados en autos (fs.91/98).

Que a fs. 78 se presenta la Dra. Florencia BARRERA, apoderada de J.E.A..

Que a fs. 102 se ordena la audiencia prevista por el Art. 437 del C.P.C. la que se encuentra cumplimentada a fs.106.

Que a fs. 151 se ha dictado resolución declaratoria de herederos a favor de los hijos Y. delC.A., DNI.4.141.313, R.C.A., DNI.8.195.917, J.E.A., DNI.9.632.703, E.R.A., J.A.A., E.A.A., DNI.3.993.374 (fallecido 18 de julio de 2012), V.A. y A.A..

Que a fs. 155 obra el acta de la audiencia prevista por el Art. 439 del CPC..

Que a fs. 156 obran las operaciones de inventario y avalúo y el proyecto de partición del acervo hereditario. Y,

CONSIDERANDO:

Que, con el acta de defunción obrante a fs.6, se acredita el fallecimiento de la causante R.P., hecho ocurrido el 27 de junio de 1985 en San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. M.B. de esta provincia.

Que con el acta de defunción obrante a fs.63 se acredita el fallecimiento del causante A.A., hecho ocurrido el 8 de julio de 1989 en San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. M.B. de esta provincia.

Que, con los instrumentos de fs. 8, 9, 45, 108, 123, 130, 115 y 143/144, se prueba el vínculo filial de Y. delC., R.C., J.E., E.R., J.A., E.A., V. y A.A., con los causantes.

Que a fs.155 se designa como P. inventariadores, avaluadores y partidores a los Dres. H.Q. REYES y Florencia BARRERA.

Que a fs.162 se aprueban las operaciones de inventario y avalúo del acervo hereditario.

Que...

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