Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social, 23 de Octubre de 2014, expediente 28714/2000

Fecha de Resolución23 de Octubre de 2014

Poder Judicial de la Nación Expte. N°:28714/2000

SENTENCIA INTERLOCUTORIA N 84854 SALA II

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 23 de octubre de 2014 reunida la Sala Segunda de la Excelentísima Cámara Federal de la Seguridad Social para dictar sentencia en estos actuados:

LOPEZ EVA SOL Y OTROS c/MINISTERIO DE DEFENSA ESTADO MAYOR GRAL DEL EJERCITO

S/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

se procede a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA NORA CARMEN DORADO DIJO:

Las presentes actuaciones llegan a conocimiento de esta Alzada en virtud de los recursos de apelación interpuestos por las partes contra la resolución de fs.157. Critican lo decidido en materia de honorarios por considerarlos elevados y reducidos, respectivamente.

Sobre la cuestión, conforme lo ha establecido la Corte Suprema de Justicia de la Nación: ”La regulación no depende exclusivamente del monto del juicio o de las escalas pertinentes, sino de todo un conjunto de pautas previstas en los regímenes respectivos, que pueden ser evaluadas por los jueces con un amplio margen de discrecionalidad, entre las que se encuentran la naturaleza y complejidad del asunto, el mérito de la causa, la calidad, eficacia y la extensión del trabajo”;

S., J. y otros c/ Nación Argentina y Pcia. de Tucumán s/ daños y perjuicios

13/08/92 T.

315 , P. 1620 ; R., J.C. c/ Consultara S.A. s/ ordinario. 31/05/99 T. 322, P. 1100.

En atención a ello, teniéndose en cuenta la extensión y calidad de las tareas efectuadas por la representación letrada de la parte actora, corresponder reducir los honorarios fijados al 7 % de las sumas que resulten a favor del reclamante con más el IVA en caso de corresponder (conf. ley 21.839

modificada por ley...

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